BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 11/05/16

Cesión y Transferencia de Cuotas Sociales.- “Arco Iris Bus Sociedad de Responsabilidad Limitada”. Entre la señorita Adriana Maria Jose Farfan, argentina, Documento Nacional de Identidad N° 24.648.860, C.U.I.L. N° 27-24648860-1, nacida el día 05 de septiembre  del año 1.975, soltera, profesión estudiante, con domicilio en calle Colombia N° 221 del Barrio Mariano Moreno de esta Ciudad, y el señor Hugo Francisco Ramos, argentino, Documento Nacional de Identidad N° 27.447.427, C.U.I.L. número 20-27447427-1, nacido el día 24 de enero del año 1.980,, con domicilio en calle Colombia número 223 del Barrio Mariano Moreno de esta ciudad, por una parte los señores Marcelino Antonio Vilte, argentino, Documento Nacional de Identidad número 7.809.603, C.U.I.L. número 23-07809603-9, nacido el día 26 de abril del año 1.940, soltero profesión Empresario, con domicilio encalle General Güemes número 860 de la Ciudad de San Ramón de Nueva Oran, Departamento de Oran, Provincia de Salta y Marcelo Antonio Vilte, argentino, Documento nacional de identidad número 34.914.476, C.U.I.L. número 20-34914476-0, nacido el día 27 de abril del año 1.990, profesión comerciante, casado en primeras nupcias con Daiana María Rodríguez, con domicilio en calle General Güemes número 860 de la Ciudad de San Ramón de Nueva Oran, Departamento de Oran, Provincia de Salta, como Cesionarios, convienen en celebrar este Convenio de Cesión de Cuotas Sociales, sujeta a las declaraciones y cláusulas siguientes: Primera: Los señores Adriana Maria Jose Farfan y Hugo Francisco Ramos, expresan; Que, son socios de la razón social ARCO IRIS BUS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, inscripto en el Registro publico de Comercio de esta Provincia, al Folio 349, Acta Nro 337, Libro II de S.R.L. y registrado con copia, bajo Asiento Nro. 28, Folio 205/210 Legajo IX del Registro de Escrituras mercantiles de S.R.L., en fecha 11 de junio del año 2.004.- La señora Adriana Maria Jose Farfan tiene participación societaria equivalente a un cuarenta por ciento ($40%) representada en cuarenta (40) cuotas sociales, representativas de Pesos cuatro mil ($4.000,00); mientras que el señor Hugo Francisco Ramos, tiene una participación societaria equivalente a un cinco por ciento (5%) representada en cinco (5) cuotas sociales, respectivas de Pesos quinientos ($500,00).- Segunda: En consecuencia por lo expresado: la Señora Adriana Maria Jose Farfan viene por este acto a Ceder y Transferir a Titulo Oneroso la totalidad de las cuotas sociales a favor del señor Marcelino Antonio Vilte, mientras que el señor Hugo Francisco Ramos, viene por este acto a Ceder y Transferir la totalidad de las cuotas sociales a favor del señor Marcelo Antonio Vilte, en la proporción que le corresponde o sea el 5% quedando los cesionarios, por lo tanto subrogados en las referidas cuotas sociales, y ocupando en consecuencia el mismo lugar, grado y prelación que los cedentes les correspondían. La tradición efectiva de los títulos al cesionario tiene lugar en este acto, sirviendo la presente de título suficiente para la tenencia por derecho propio de los cesionarios de las cuotas sociales.- Tercera: En virtud de la cesión formalizada en este acto, el capital contractual de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00) quedan dividido en CIEN CUOTAS SOCIALES de PESOS CIEN ($100) cada una.- Y les corresponde al socio Marcelino Antonio Vilte, la cantidad de CUARENTA (40) CUOTAS respectivamente de la suma de PESOS CUATRO MIL ($4.000,00), al socio Marcelo Antonio Vilte, la cantidad de CINCO (5) CUOTAS respectivamente de la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00) y a la socia Rómula Ramos, le corresponden CINCUENTA Y CINCO (55) CUOTAS, o sea la cantidad de Pesos CINCO MIL QUINIENTOS ($5.500,00).- Cuarta: Los “cedentes” efectúan la presente cesión, por la suma de PESOS CUATRO MIL ($4.500), que los “cesionarios” han abonado en dinero, efectivo y antes de este acto, sirviendo el presente de suficiente recibo y carta de pago en forma.- Quinta: Manifiestan “los cedentes”, que las acciones transferidas se encuentran libres de todo gravamen o afectación por parte de terceros y que no se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes.- Sexta: Expresan “los cedentes” que el capital que las acciones transmitidas se encuentran integrado en su totalidad.- Séptima: “Los cesionarios” declaran que conocen y aceptan el estado de situación patrimonial, jurídico, contable, financiero y económico de la sociedad cuyas cuotas sociales han adquirido por la cesión efectuada en este acto, habiendo tomado conocimiento de sus estatutos sociales, libros de comercio y papeles de negocios, como asimismo que aceptan y conocen que la sociedad cuyas acciones se transmiten esta debidamente constituida y en plena organización en el desarrollo de las actividades licitas, no tienen anotadas inhibiciones, interdicciones, se encuentra vigente y tiene sus libros rubricados, todo de acuerdo a las leyes, decretos y disposiciones en vigencia.- Octava: Por su parte, “los cesionarios”, ratifican cuanto se expresa en el presente instrumento y Aceptan la cesión y transferencia de las cuotas sociales que en los términos consignados se les otorga por ser convenido.- Novena: Presente el acto la señora Rómula Ramos, argentina, Documento Nacional de Identidad número 11.072.217, viuda, con domicilio en calle Colombia número 223 del Barrio Mariano Moreno de esta Ciudad, manifiesta que se notifica fehacientemente de la presente cesión y firma en prueba de ello, dando cumplimiento, así a lo establecido en el Artículo 7mo., del Contrato social.- Novena: Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales emanados del presente instrumento, las partes se sujetan a la jurisdicción de los tribunales Ordinario de la Provincia de Jujuy, con competencia en esta Capital, fijando domicilios en los consignados al comienzo del presente, donde serán validos cuantas notificaciones puedan o deban cursarse, sin admitir prueba en contrario.- Para Constancia y un mismo efecto se firman tres ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la provincia de Jujuy, a los 30 dias del mes de diciembre del año 2.015.- ACT. NOT. Nº B 00212152, ESC. RODRIGO JOSE SUEIRO Y SUEIRO, TIT. REG. Nº 79, S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 04 de Mayo de 2016.-

GRACIELA BEATRIZ REINALDI

FIRMA HABILITADA-REGISTRO PÚBLICO

11 MAY. LIQ. Nº 117750 $130,00.-