BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 15/09/06
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EXPEDIENTE N° 16 – 11303 – 2006 .-
DECRETO ACUERDO N° 0648.06.009.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Septiembre de 2006.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EN ACUERDO DE SECRETARIOS
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Modificase el Artículo 21° del Decreto Acuerdo N° 0002.03.009 “Reglamento para la adquisición, enajenación y contrataciones de bienes y servicios del Estado Municipal”, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 21°.- MONTO ESTIMADO DE LOS CONTRATOS. Para la elección del procedimiento de selección según el monto estimado del contrato, a que se refiere el inciso c) del Artículo 20°, se considerará el importe total en que se estimen las adjudicaciones, incluidas las opciones de prórrogas previstas y se aplicará la siguiente escala:
a) CONTRATACIÓN DIRECTA:
1.- Bienes de Consumo y/o Servicios no personales hasta$ 25.000.-
2.-Bienes de Consumo destinados a Obras Públicas, Bienes de Capital
y/o Obras Públicas hasta ………………………….. $ 50.000.-
b) CONCURSO DE PRECIOS:
1.- Bienes de Consumo y/o Servicios no personales hasta …$ 110.000.-
2.- Bienes de Consumo destinado a Obras Públicas, Bienes de Capital
y/o Obras Públicas hasta ………………………………… $ 300.000.-
c) LICITACIÓN PRIVADA
1.- Bienes de Consumo y/o Servicios no personales hasta $ 250.000.-
2.- Bienes de Consumo destinado a Obras Públicas, Bienes de Capital
y/o Obras Públicas hasta …………………………………….. $ 650.000.-
d) LICITACIÓN PÚBLICA
1.- Bienes de Consumo y/o Servicios no personales cuyos montos
superen la suma de ……………………………………………. $ 250.000.-
2.- Bienes de Consumo destinado a Obras Públicas, Bienes de Capital
y/o Obras Públicas cuyos montos excedan la suma de $ 650.000.-
ARTICULO 2°.- Las disposiciones del presente Decreto rigen a partir de la fecha del mismo.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY
S/C