BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 15/09/06

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N°   16 – 11303 – 2006    .-                                  

DECRETO ACUERDO N° 0648.06.009.-                

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Septiembre de 2006.-                                  

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EN ACUERDO DE SECRETARIOS

DECRETA:                                                                          

ARTICULO 1°.- Modificase el Artículo 21° del Decreto Acuerdo  N° 0002.03.009 “Reglamento para la adquisición, enajenación y contrataciones de bienes y servicios del Estado Municipal”, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 21°.- MONTO ESTIMADO DE LOS CONTRATOS. Para la elección del procedimiento de selección según el monto estimado del contrato, a que se refiere el inciso c) del Artículo 20°, se considerará el importe total en que se estimen las adjudicaciones, incluidas las opciones de prórrogas previstas y se aplicará la siguiente escala:

a) CONTRATACIÓN DIRECTA:

 

1.- Bienes de Consumo y/o Servicios no personales hasta$ 25.000.-

 

2.-Bienes de Consumo destinados a Obras Públicas, Bienes de Capital

y/o Obras Públicas hasta …………………………..       $ 50.000.-

 

b) CONCURSO DE PRECIOS:

 

1.- Bienes de Consumo y/o Servicios no personales hasta …$ 110.000.-

 

2.- Bienes de Consumo destinado a Obras Públicas, Bienes de Capital

y/o Obras Públicas hasta …………………………………                $ 300.000.-

 

c) LICITACIÓN PRIVADA

 

1.- Bienes de Consumo y/o Servicios no personales hasta $ 250.000.-

 

2.- Bienes de Consumo destinado a Obras Públicas, Bienes de Capital

y/o Obras Públicas hasta ……………………………………..           $ 650.000.-

 

d) LICITACIÓN PÚBLICA

 

1.- Bienes de Consumo y/o Servicios no personales cuyos montos

superen la suma de …………………………………………….           $ 250.000.-

 

2.- Bienes de Consumo destinado a Obras Públicas, Bienes de Capital

y/o Obras Públicas cuyos montos excedan la suma de          $ 650.000.-

 

ARTICULO 2°.- Las disposiciones del presente Decreto rigen a partir de la fecha del mismo.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

MUNIC. DE SAN SALVADOR DE JUJUY

S/C