BOLETÍN OFICIAL Nº 54 – 11/05/16
EXPTE. Nº 0300-123/2011.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 FEB. 2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Otórgase Personería Jurídica a la “ASOCIACIÓN CIVIL JUJUY CULTURAL”, con asiento en la Ciudad de Palpalá y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de treinta y cinco (35) Artículos, corre agregado de fs. 55 a 62 de autos.-
C.P.N. GERARDO RÚBEN MORALES
GOBERNADOR