BOLETÍN OFICIAL Nº 116 – 18/10/06
EXPTE. N° 700-503/05.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 DE AGOSTO DE 2006.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Acta Acuerdo suscripta en fecha 13 de mayo de 2.005, entre el entonces Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de Jujuy, el Ministerio de Salud de la Provincia de Salta, Tucumán, y Santiago del Estero y la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Tucumán; y
CONSIDERANDO:
Que, el objeto del Acta acuerdo de referencia radica en constituir cuatro (4) Comisiones Multilaterales Permanentes de Trabajo, conformadas por los representantes de los Ministerios participantes y de la Facultad de Medicina, destinadas a entender el abordaje de patologías de importancia sanitaria para la región, el diseño de un sistema de residencias universitarias en Salud del N.O.A., políticas y programas de educación médica continua y el fortalecimiento de la formación de médicos, particularmente en la fase denominada “Práctica Final Obligatoria”;
Que, en las cláusulas que conforman el mismo, se establecen de manera especifica los derechos y obligaciones a los cuales deben someterse las partes intervinientes;
Que, a fs. 07 Asesoría Legal de Fiscalía de Estado emite dictamen de competencia compartido por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente acto administrativo;
Por ello; y en uso de las facultades que le son propias,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Apruébase en todas sus partes el Acta Acuerdo suscripta en fecha13 de mayo de 2005, entre el entonces Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de Jujuy, el Ministerio de Salud de la Provincia de Salta, Tucumán y Santiago del Estero y la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Tucumán, conformidad a lo manifestado en el exordio.
ARTICULO 2°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial, pase al Ministerio de Salud a sus efectos. Cumplido, archívese.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR