BOLETÍN OFICIAL Nº 116 – 18/10/06
EXPTE. N° 711-352/06
SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 SEPTIEMBRE DE 2006
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1° .- Declarar de Interés Provincial la “Campaña Nacional para la Eliminación de la Rubéola y el Síndrome de Rubéola Congénita”, a ejecutarse durante los meses de septiembre y octubre del corriente año, bajo la Coordinación del Ministerio de Salud de la Nación, de conformidad a lo expresado en el exordio.
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR