BOLETÍN OFICIAL Nº 8 – 20/01/20
EXPTE. Nº 715-911/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 JUL. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por reconocido el Adicional por Permanencia en el Servicio de Guardia del 60 % sobre la categoría de ingreso a favor de la Elena Lozano , CUIL 27-17822691-1, C (j-2), Agrupamiento Profesional Ley N° 4418 de la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, a partir del 1° de febrero de 2.017.‑
ARTICULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente se atenderá, con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2019:
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6113, prevé en la jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6 Secretaría de Salud la partida 1-1-1-1-2-153 “Regularización Adicionales Personal – Ministerio de Salud”.-
EJERCICIOS ANTERIORES: (periodo no consolidado):
Se imputaran a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26 “Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores” y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Publico a sus demás efectos.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR