BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 11/12/06
EXPT. Nº 0300-932-2005.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 OCT. 2006.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébanse las reformas introducidas a los Artículos 6º, 25º, 28º, 31º, 32º, 39º, 40º y 83º del Estatuto Social de la “ASOCIACION CIVIL PARA SERVIR A JUJUY”, con asiento en esta Ciudad , cuyo texto, ordenado que consta de Ochenta y Cinco (85) Artículos, y corre agregado de fs. 09 a 25 de autos.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR