BOLETÍN OFICIAL Nº 5 – 13/01/20
EXPTE Nº 1414-1380/2018.-
c/agdo. Nº 1414-223/2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 NOV. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del CABO VIVAS DIEGO BERNABE, D.N.I. N° 31.810.814, Legajo N° 16.793, de acuerdo a las previsiones del artículo 93° inc. c) de la Ley N° 3758/81 modificado por el Decreto N° 2810-G/01.-
ARTICULO 2º.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO VIVAS DIEGO BERNABE, D.N.I. N° 31.810.814, Legajo N° 16.793, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14° inc. d) de la Ley 3759/81 y Decreto Nº 1161-MS/16.-
ARTICULO 3º.- Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50° y ccs. de la Ley N° 1886/48.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR