BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 30/05/16

Cesión Gratuita de Cuotas Sociales.- Don Enrique Daniel Verzini, argentino, D.N.I. Nº 7.983.492, CUIL/CUIT Nº 20-07983492-1, casado en primeras nupcias con Doña Ana del Carmen Coll, Empresario, domiciliado en La Noria, Río Blanco, Departamento de Palpalá, de esta Provincia, llamado “El Cedente”; mayor de edad, hábil para contratar, por este acto realiza la presente Cesión Gratuita de Nuda Propiedad con Reserva de Usufructo de Cuotas Sociales, el que se regirá por el articulado que a continuación se especifica: Primero: Don Enrique Daniel Verzini, en sus carácter de socio de la Sociedad “SERVICIOS Y EMBALAJES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, CUIT Nº 30-67149979-0, por este acto cede y transfiere gratuitamente en condominio é iguales partes a título de Donación la Nuda Propiedad con Reserva de Usufructo en vida del Cedente y de su cónyuge Doña Ana del Carmen Coll, o del que subsista o sobreviva con derecho de acrecer entre ambos, a favor de sus Hijos Doña Alejandra Verzini, D.N.I. Nº 23.461.472, casada en primeras nupcias; Doña Florencia Verzini, D.N.I. Nº 24.357.650, soltera; Doña Silvina Verzini, D.N.I. Nº 25.268.249, casada en primeras nupcias, y Don Federico Verzini, D.N.I. Nº 28.343.802, soltero, la Nuda Propiedad de las siete (7) cuotas de capital social, que El Cedente tiene y le corresponde en la firma “Servicios y Embalajes Sociedad de Responsabilidad Limitada”, de valor nominal de Pesos Mil ($1.000,00) cada una, lo que hace un total de Pesos Siete Mil ($7.000,00).- La titularidad de dichas cuotas sociales surge de: a) Del Contrato de Constitución de la Sociedad, suscripto en esta Ciudad por instrumento privado de fecha 26 de Septiembre de 1994, b) De la Modificación del Contrato suscripto en esta Ciudad en fecha 16 de Noviembre de 1994, ambos instrumentos inscriptos en el Registro Público de Comercio de esta Provincia al Folio 460, Acta Nº 457, Libro I de S.R.L. de la Matrícula de Comerciantes, y registrado con copia bajo Asiento Nº 52, Folio 257/263, del Legajo III-Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles, en fecha 13 de Mayo de 1997; y c) De la Cesión de Cuotas Sociales y Modificación del Contrato, suscripto en esta Ciudad en fecha 14 de Mayo de 1998, e inscripto con copia en el Registro Público de Comercio de esta Provincia bajo Asiento Nº 76, Folio 222/226 del Legajo I, Tomo II de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha 20 de Octubre de 1998.- Segundo: En tal virtud, El Cedente transfiere a favor de sus hijos Doña Alejandra Verzini, Doña Florencia Verzini, Doña Silvina Verzini, y Don Federico Verzini, la Nuda Propiedad de las Cuotas Sociales que le corresponden como titular, quedando éstos últimos por lo tanto subrogados en todos los derechos del Cedente, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 150 de la Ley de Sociedades Comerciales.- Tercero: Los Cesionarios Doña Alejandra Verzini, Doña Florencia Verzini, Doña Silvina Verzini, y Don Federico Verzini, aceptarán la presente Cesión Gratuita a título de Donación de Nuda Propiedad realizada a su favor por su Padre Don Enrique Daniel Verzini, de las Siete Cuotas de Capital Social, en condominio é iguales partes, y en las condiciones pactadas, por acto separado posterior, en cuya oportunidad quedará perfeccionada la presente Cesión Gratuita de la Nuda Propiedad de las Cuotas mencionadas y donde también prestarán conformidad los demás socios de la sociedad.- Cuarto: El Cedente declara que los Derechos y/o cuotas de capital cedidas, no se encuentran embargadas, que no reconocen ninguna clase de gravámenes, y que el mismo no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes, respondiendo Civil y Penalmente por sus declaraciones.- Quinto: Presente en este acto Don Silvio Omar Caballol, argentino, D.N.I. Nº 16.685.859, divorciado, Contador Público Nacional, domiciliado en calle Libertad Nº 1044, del Barrio Ciudad de Nieva, de esta Capital, mayor de edad, hábil, en nombre y representación de Doña Ana Del Carmen Coll, argentina, D.N.I. Nº 5.681.810, CUIL Nº 27-05681810-9, casada en primeras nupcias con Don Enrique Daniel Verzini, a mérito del Poder Especial que tiene conferido a su favor mediante Escritura Nº 116 de fecha 1 de Octubre del año en curso, autorizada por el Escribano de esta Ciudad Don Ernesto González de los Ríos en el Protocolo de este año del Registro Nº 13 a su cargo, dice: Que acepta el Usufructo otorgado a favor de la misma en las condiciones referidas y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo Nº 1.277 del Código Civil, presta su más absoluta conformidad y consentimiento conyugal a la presente Cesión Gratuita realizada por su esposo.- Sexto: Quedan subsistentes y en plena vigencia todas las demás cláusulas del contrato originario y sus Modificaciones en cuanto no se modifiquen por el presente.- Séptimo: Autorizar al Escribano Don Ernesto González de los Ríos y/o Juan Pablo González Cernuschi, para que en forma indistinta realice todos los trámites y diligencias ante el Registro Público de Comercio de esta Provincia y demás reparticiones que correspondan, a fin de registrar la presente Cesión de Cuotas Sociales, como así también los actos y trámites posteriores que le requiera la Sociedad.- Octavo: Para todos los efectos legales, judiciales, extrajudiciales y demás obligaciones de este contrato, el cedente se somete desde ya a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, de esta Provincia, a los mismos fines constituye domicilio especial en el lugar indicado al principio.- Bajo los ocho artículos que anteceden, el cedente da por realizada la presente Cesión, obligándose a su fiel cumplimiento, con arreglo a derecho, firmándose dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los dos días del mes de Octubre del año dos mil nueve.- ACT. NOT. Nº A 00679413, ESC. ERNESTO GONZALEZ DE LOS RIOS, TIT. REG. Nº 13, S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 19 de Mayo de 2016.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

 

30 MAY. LIQ. Nº 100699 $130,00.-