BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 16/02/07

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE N°  16-14702-2006- 1.-

DECRETO    N°    1597.06.008          .-

­SAN SALVADOR DE JUJUY,   18   DIC.   2006

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley la Ordenanza N° 4830/2006, sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 22, celebrada el día 09 de Noviembre del 2006, mediante la cual queda absolutamente prohibido pintar y/o fijar carteles con propaganda política, gremial, estudiantil, vecinal, comercial o de cualquier otra naturaleza ya sea que lleven a cabo personas físicas o jurídicas en todo el ejido municipal de San Salvador de Jujuy, considerándose como agravante los lugares que se detallan en el Artículo 1° de la citada Ordenanza.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios   Públicos, Arq. JUAN CARLOS MARTINEZ, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

 

Arq. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE

Munic. De S. S. de Jujuy

16 FEB. S/C.-