BOLETÍN OFICIAL Nº 147 – 27/12/19

Dr. Ricardo Sebastian Cabana, Juez a cargo Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 4 Secretaria Nº 7 de la Provincia de Jujuy, en el Expediente en el Expte. Nº B-93412/02, caratulado: “QUIEBRA DE ALDO CARATTONI- solicitada por el Dr. Carlos E. Sánchez Mera”, hace saber que se dictó la siguiente resolución: “San Salvador de Jujuy, 16 de Diciembre de 2019.- I.-…- II.- Proveyendo el escrito que antecede de la Sindicatura, téngase por cumplido en tiempo y forma la intimación ordenada en la providencia del día 27/11/2019 (fs. 1984 expte. original); en consecuencia, de conformidad a lo dispuesto oportunamente en la resolución del 05 de Junio de 2019 (fs. 1905/1910), confirmada por la Cámara de Apelaciones y en el apartado IV de la providencia del día 20/11/2019, téngase por aprobada la readecuación del Proyecto de distribución presentado a fs. 1988/1989 por la Sindicatura.- III.-….- IV.- Al único fin de computar el plazo dispuesto en el art. 224 de la LCQ (caducidad de los dividendos) y con el objeto de permitir que los acreedores verificados /admitidos no vean perjudicado el derecho al cobro de su acreencia notifíquese de lo dispuesto en el punto II de esta providencia mediante Edictos a ser publicados en un diario de amplia circulación local durante dos (2) días (conf. Interpretación analógica art. 218 LCQ) cuyo diligenciamiento deberá efectuarse por la Sindicatura dando cuenta de ello en un plazo de dos (2) días.- V.-….- VI.-…VII.-…Notifíquese (art 273 inc 5) y por cédula exenta con habilitación de días y horas a la Sindicatura.- Fdo. Dr. Ricardo Sebastian Cabana- Juez-. Ante mí, Dra. María Cecilia Farfán.- Secretaria.- Publíquese Edictos, en un diario local por dos días.- San Salvador de Jujuy, 17 de Diciembre de 2019.- Dra. María Cecilia Farfán, Secretaria.-

 

27/30 DIC. LIQ. N° 19953 $410,00.-