BOLETÍN OFICIAL Nº 28 – 09/03/07
EXPTE. Nº 0300-765/06.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 FEB. 2007.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º: Otórgase Personería Jurídica a favor de la ASOCIACIÓN CIVIL DE FORMACIÓN Y REHABILITACIÓN INTEGRAL “HUELLAS DE ESPERANZA”, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y Cinco (35) Artículos, y corre agregado de Fs. 03 a 10 de autos.
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR