BOLETÍN OFICIAL Nº 28 – 09/03/07
EXPTE. Nº 0300-638/05.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 FEB. 2007.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º: Otórgase Personería Jurídica a favor de la Asociación Civil INMACULADA VIRGEN DE LA CANDELARIA, con asiento en la localidad de Maimará, Departamento de Tilcara, Provincia de Jujuy y, consecuentemente apruébase su Estatuto Social que consta de Ochenta y Ocho (88) Artículos, y corre agregado a Fs. 30/41 de autos.
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR