BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 16/12/19

N° 104. Escritura Número Ciento Cuatro. Sección “A”. Rectificación de Cláusula de Contrato Social de Sociedad por Acciones Simplificada “DINÁMICA S.A.S.”. En esta ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a doce días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve, ante mí, VERÓNICA PATRICIA DE TEZANOS PINTO, Escribana Autorizante, Adscripta al Registro número Uno, comparece la señora Carolina Alexander, argentina, titular del Documento Nacional de Identidad número 22.561.696, C.U.I.T. 27-22561696-0, nacida el día 13 de diciembre de 1971, divorciada, de 47 años de edad, de profesión escribana, con domicilio especial en calle Güemes número 1.113 Planta Baja, departamento “A” de esta ciudad, a quien afirmo conocer conforme a lo normado en el inciso b) del artículo 306 del Código Civil y Comercial de la Nación, doy fe. La compareciente manifiesta con carácter de declaración jurada que no se encuentra en trámite, ni restringida ni limitada su capacidad jurídica para el presente otorgamiento. INTERVIENE en nombre y representación de las señoras Sofía MEALLA FRANCO, argentina, titular del Documento Nacional de Identidad número 42.035.029, C.U.I.L. 27-42035029-0, nacida el día 4 de agosto de 1999, soltera, de 20 años de edad, de profesión estudiante, con domicilio en calle Zorrilla de San Martín número 1887 de esta ciudad y Carolina Inés FRANCO, argentina, titular del Documento Nacional de Identidad número 23.581.221, C.U.I.T. 27-23581221-0, casada en primeras nupcias con René Pablo Mealla, de 45 años de edad, de profesión contadora pública nacional, con domicilio en calle Zorrilla de San Martín número 1887 de esta ciudad, en el carácter de apoderada en ejercicio de las facultades conferidas mediante escritura número 129, de fecha 9 de agosto de 2.019, pasada ante la Escribana Carolina Alexander, Titular del Registro número 62 de esta ciudad; instrumento que en testimonio tengo a la vista para este acto y en fotocopia certificada agrego al legajo de comprobantes como perteneciente a la presente escritura, doy fe. Y la compareciente DICE: I.- Que por escritura número 129, autorizada por ella con fecha 9 de agosto de 2019 al folio 280 del Protocolo “A” del Registro número 62 a su cargo, las señoras Sofía Mealla Franco y Carolina Inés Franco han constituido la sociedad por acciones simplificada denominada “DINÁMICA S.A.S.”, cuyo contrato social se encuentra en trámite de inscripción en el Registro Público bajo expediente Nº C-144166/19, caratulado “Dinámica S.A.S.” Inscripción: Constitución de Sociedad. II.- Que el Registro Público ha observado que existe en el instrumento que se pretende inscribir un error matemático. III.- Que, en Consecuencia Rectifica el Artículo Cuarto del contrato social, el que en lo sucesivo tendrá la siguiente redacción: “ARTÍCULO CUARTO: Capital: El capital social es de pesos trescientos mil ($300.000) representado por tres mil (3.000) acciones ordinarias escriturales de pesos cien ($100) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el art. 44 de la ley 27.349. Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo con las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el articulo 244, párrafo cuarto de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz”.- Previa lectura y ratificación, firma la compareciente, como acostumbra hacerlo, por ante mí, Escribana Autorizante, que certifico y doy fe.- Hay una firma que pertenece a Carolina Alexander.- Ante mí: V. De Tezanos Pinto. Está mi sello notarial.- Concuerda con su matriz que pasó ante mí a los folios 277 y 278 del protocolo “A” de mi Adscripción al Registro número Uno correspondiente al corriente año, doy fe. Para la otorgante expido esta PRIMERA COPIA en dos hojas de actuación notarial numeradas correlativamente del B00095918 a la presente, que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. VERONICA PATRICIA DE TEZANOS PINTO, ADS. REG. N° 1- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 05 de Diciembre de 2019.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO

16 DIC. LIQ. Nº 19824 $300,00.-