BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 13/12/19
EXPTE Nº 200-416/11.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 OCT. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dejase sin efecto el Decreto N° 1511-S/2012, de fecha 27 de noviembre del 2012, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Adecúese a los Sres.: Elena Calque, D.N.I. N° 14.089.092; Irma Graciela Madregal, D.N.I. N° 17.081.506; Josefa Soto, D.N.I. N° 13.729.327; Marina del Carmen Díaz, D.N.I. N° 16.280.388; María Elena Vilte, D.N.I. N° 16.186.730; Guillermo Julián Trejo, D.N.I. N° 14.136.273 y Yamil Madrigal, D.N.I. N° 6.297.811; en el cargo categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4413 y a la Sra. Antonia Isabel Chañe, D.N.I. N° 6.235.735, en el cargo categoría C-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N°
4413, a partir del 01 de enero del 2004.-
ARTICULO 3°.- Reconózcase las diferencias salariales que correspondan desde el 01 de enero del 2005, las que serán determinadas por un perito contador en sede judicial.-
ARTICULO 4°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá de conformidad a la partida presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIOS VENCIDOS
Con la partida de la Jurisdicción “L” DEUDA PUBLICA – 3-1 0-1 5-1-27 “Gastos de Juicio contra el Estado Pcial. – Fiscalía de Estado” y conforme a la disponibilidad de saldo de la misma.-
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR