BOLETÍN OFICIAL Nº 36 – 28/03/07

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

EXPEDIENTE  N° 16 – 14167 — 2006 -1 .-

DECRETO N° 1566.06.008

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DIC. 2006                      

­EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley la Ordenanza N° 4818/2006, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 21, celebrada el día 26 de Octubre del año en curso, mediante la cual se impone que se deberá eliminar las barreras arquitectónicas de todos los edificios públicos y privados existentes (Colegios, Hoteles, Restaurantes, Confiterías, Comercios, Clubes, Cines, Colegios Profesionales, Sanatorios y Consultorios Médicos Privados) en el ejido de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy.-

 

ARQ. JOSE LUIS MARTIARENA

INTENDENTE MUNIC. S.S. DE JUJUY

28 Mar. S/C.