BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 11/12/19

Nº 416.- Escritura Cuatrocientos Dieciséis.- Manifestación y/o Declaración Jurada formulada por Enrique Ernesto ROCA., Socio Gerente de Cuyaya S.R.L.– En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, ante mí, Alfredo Luis Benítez, Escribano Público autorizante, titular del Registro número dos, comparece Enrique Ernesto ROCA, argentino, D.N.I. Nº 10.853.778, Cuit 20-10853778-8, nacido el 16 de octubre de 1953, divorciado, domiciliado legalmente en calle José de la Iglesia nº 2014, Primer Piso, Oficina “H”, de esta Ciudad, mayor de edad, hábil, de mi conocimiento, doy fe, como de que concurre por sus propios derechos, en el carácter de Gerente, y en nombre y representación de “CUYAYA S.R.L.”, Cuit 30-71267650-3, con domicilio fiscal y sede social en calle José de la Iglesia nº 2014, Primer Piso, Oficina “H”, de esta Ciudad, en virtud de la siguiente documentación: a) Estatuto Constitutivo y Aumento de Capital de la mencionada sociedad, celebrado con fecha 2 de mayo de 2012, inscriptos en el Registro Público de Comercio de esta Provincia, al Folio 15, Acta 187, Libro IV de S.R.L.; y bajo Asiento 63, al Folio 522/535, del Legajo XVII, Tomo III del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. con fecha 27 de setiembre de 2012.- b) Modificaciones del mismo de fecha 27 de agosto y 4 de setiembre de 2012, instrumentos que me exhibe y en copia obran englosados al legajo de comprobantes del protocolo de 2015, a cargo del adscripto, integrando escritura nº 51, de fecha 7 de agosto, doy fe.- y c) Actas de reunión de socios, de fecha 20 de marzo de 2019, en cuya virtud se lo designa como socio gerente, y 29 de marzo de 2019, en que se establece nueva sede social, domicilio fiscal y legal; las que me exhibe, y en copia agrego al legajo de comprobantes del presente.- Y el compareciente, por sí, en el carácter de gerente, y representando a dicha razón social; a los efectos legales, judiciales y/o cualquier otro a que pudiere haber lugar, declara y/o manifiesta, bajo fe de juramento, lo siguiente: “Que, impuesto de lo que disponen y establecen el artículo 157, respecto a los derechos, obligaciones, etcétera; y 264, respecto a las prohibiciones, incompatibilidades, responsabilidad, etcétera; de la Ley de Sociedades Comerciales nº 19.550, citas que se entienden aquí reproducidas, no existen impedimento legal alguno, ni incompatibilidad alguna, para el desempeño y ejercicio del cargo de Gerente.- Previa lectura y ratificación, el otorgante, firma esta escritura, en la forma de estilo y por ante mí, lo certifico.- Sigue a la de división de condominio.- Hay una firma ilegible.- Está el sello: A. Benítez.- Concuerda con su matriz que pasó al folio seiscientos ocho, en el protocolo del corriente año, a cargo del titular, Sección A., doy fe.- Para la parte Interesada expido esta primera copia en una hoja repuesta con el sellado de ley, que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. PABLO ALFREDO BENITEZ- ADS. REG. N° 2- S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 03 de Diciembre de 2019.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO

11 DIC. LIQ. Nº 19797 $300,00.-