BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 15/03/17

Dra. Alejandra M. L. Caballero-Juez Pte. Tramite, de la Vocalía Nº 8, de la Sala 3, de la Cámara Civil y Comercial, de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº B-285161/12, caratulado. “Ordinario…: Segovia, Berto c/ Quipildor, Claudio”, informa la sentencia dictada en los autos de referencia el 16 de febrero de 2016 que, en su parte resolutiva, dice: “…resuelve: 1. Hacer lugar a la demanda por daños y perjuicios promovida en autos y, en su mérito, condenar a Claudio Gustavo Quipildor a pagar al actor Berto Humberto Segovia, en el plazo de diez días, la suma de ocho mil seiscientos cuarenta y siete pesos ($8.647) comprensiva de capital e intereses calculados a la fecha. 2. Imponer las costas al accionado. 3. Regular los honorarios profesionales de la Dra. Lorena del Carmen Cammuso en la suma de dos mil pesos ($2000) más el impuesto al valor agregado, de corresponder. 4. Dejar establecido que, en caso de mora, tanto el monto de condena como el de honorarios profesionales devengara desde el presente y hasta el efectivo pago intereses moratorios que se calcularan con ajuste a la tasa activa, cartera general (prestamos) nominal, anual, vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina. 5. Registrar, agregar copia de autos, notificar por cedula y hacer saber a C.A.P.S.A.P. y a la Dirección General de Rentas. Fdo. Dra. Alejandra M. L. Caballero-Juez Pte. de Trámite; Dr. Carlos M. Cosentini-Juez y Dra. Norma Beatriz Issa-Juez; ante mi Dra. Liliana E. Chorolque-Secretaria”.- Publíquese el presente por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y un diario local facultándose para ello a Lorena Cammuso, abogada, y/o a la persona que la misma designe.- San Salvador de Jujuy, 3 de Octubre de 2016.-

 

13/15/17 MAR. LIQ. Nº 98283 $ 360,00.-