BOLETÍN OFICIAL Nº 37 – 30/03/07

Icon_PDF_6DECRETO Nº 6814-I.P.-

EXPTE. Nº 600-470/06.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 NOV. 2006.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º: Modificase el Artículo 3° del Decreto N° 6531-IP/06, el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 3°: La remuneración del Síndico de la Sociedad, será de un 90 % del monto establecido para el Presidente del Directorio de Agua de los Andes S.A.”

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR