BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 06/12/19
Dr. Jorge Daniel Alsina Pte. de Trámite en la Vocalía No. 5 de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-277.743/12 Caratulado: “Ordinario Por Daños y Perjuicios Santillan Ramona del Jesús c/ Instituto Medico del Norte y Otro” procede a notificar a la Sra. Santillán Ramona del Jesús las siguientes providencias: “San Salvador de Jujuy 07 de Junio del Año 2018. I- Proveyendo a la presentación de fs. 634: téngase presente la renuncia formulada por el Dr. Luis Navarro quien actuaba en representación de Ramona de Jesús Santillan; intimándose a la nombrada para que en el plazo de diez días se presente por si o con nuevo patrocinante y/o con nuevo apoderado, bajo apercibimiento de ley. II – Asimismo, se le hace saber al Dr. Luis Navarro que deberá continuar en esta causa, hasta el vencimiento del plazo citado precedentemente conforme lo previsto por el Art. 66 del C.P.C. III – Líbrese oficio a la Policía de la Provincia para que a modo de colaboración notifique la presente providencia a Ramona de Jesús Santillan. IV- Notifíquese por cédula. Ofíciese.” Y “SaSalvador de Jujuy, 25 de Octubre de 2.019.-I- Atento el estado de la causa y el informe actuarial que antecede notifíquese la providencia de fecha 07/06/18 (fs. 635) a la Sra. Ramona De Jesús Santillan, mediante la publicación por Edictos, debiendo publicarse en el Boletín Oficial y un Diario local, por tres veces en cinco días.- II- Impónese la carga de la confección y diligenciamiento de los edictos a los Dres. Jorge Kalnay Carrillo y Pablo Marmol (partes interesadas en declarar la caducidad de instancia en los presentes obrados).- III- Notifíquese por cédula”.- Fdo Dr. Jorge Daniel Alsina – vocal – Ante mi Dra. Aixa Yazle – Firma habilitada”.- Para tal efecto se publicaran en el Boletín oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 11 de Noviembre de 2019.-
04/06/09 DIC. LIQ. Nº 19653 $615,00.-