BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 06/12/19
Dr. Diego Armando Puca – Juez – Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº C-106742/18 caratulado: “Ejecutivo: Erazo Carmen c/ Manzur Myriam Adela”, hace saber al Sr. Manzur Myriam Adela, DNI Nº 24.324.234, que se ha dictado la siguiente Resolución de Fs. 64/65: “San Salvador de Jujuy, 26 de septiembre del 2019.- Autos Y Vistos:….Resulta….Considerando:.. Resuelve: 1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por la Sra. Erazo Carmen, en contra de la Sra. Manzur, Myriam Adela hasta hacerse el acreedor íntegro cobro del capital reclamado o sea la suma de pesos doce mil ($ 12.000) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I – Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235 de fecha 11/5/2011), y con más el cincuenta por ciento (50 %) de lo que resulten de los moratorios en concepto de intereses punitorios, con mas I.V.A. si correspondiere.- 2) Hacer efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en contra de la parte demandada, en consecuencia, notifíquese ésta resolución por cédula y las posteriores por Ministerio de la Ley.- 3) Diferir la Regulación de los honorarios profesionales de los letrados intervinientes, hasta tanto exista Planilla de Liquidación Firme y Consentida.- 4) Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).- 5) Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- 6) Notificar por cédulas, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Proc. Agustina María Navarro- Prosecretaria – Dr. Diego Armando Puca – Juez.- Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y un diario local de amplia circulación por tres (3) veces en cinco (5) dias.- San Salvador de Jujuy, 26 de Septiembre del 2019.-
04/06/09 DIC. LIQ. Nº 19718 $615,00.-