BOLETÍN OFICIAL Nº 43 – 18/04/07
EXPTE. N° 714-364/06.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 FEB. 2007.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°: Téngase por usufructuada la Licencia Sin Goce de Haberes a partir del 30 de Enero de 2006, y por el término de Tres (3) meses, a favor de la Dra. LILIANA BEATRIZ DE MARCO, DNI Nº 12.964.519, CUIL Nº 27-12964519-4, en el cargo Categoría C-30 hs., Agrupamiento Profesional de la U. de O. R2-02-02 Hospital Pablo Soria, de conformidad a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2°: Téngase por cumplido a partir del 30 de Enero de 2006, y por el término de Tres (3) meses, el reemplazo efectuado por la Dra. MARIA JOSE ESCALANTE LOVECCHIO, DNI Nº 23.764.400, CUIL Nº 27-23764400-5, en el cargo Categoría A, Agrupamiento Profesional de la U. de O. R2-02-02 Hospital Pablo Soria, de conformidad a lo expresado en el exordio.
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR