BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 29/11/19

DECRETO Nº 10461-E/2019.-

EXPTE Nº 200-505-2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 SET. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Recházase por inadmisible, improcedente y por carecer sustento fáctico y jurídico el Reclamo Administrativo Previo en los términos de la Ley N° 5238, interpuesto por los Sres. Franco Nicolás Sanabria, D.N.I. N° 30.347.849; Gisela Melisa Escalante, D.N.I. N° 34.002.374 y David Fernando Escalante, D.N.I. N° 36.480.805, con el Patrocinio Letrado el Dr. Carlos Ariel Meyer, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33° de la Constitución Provincial.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR