BOLETÍN OFICIAL Nº 134 ANEXO – 25/11/19
EXPTE. Nº 1414-979/2019.-
c/agdo. Nº 1414-9867/2017.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del CABO PRIMERO MONZON FRANCO EDUARDO, D.N.I. N° 31.391.584, Legajo N° 15.547, de acuerdo a las previsiones del artículo 93° inc. c) de la Ley N° 3758/ 81 modificado por el Decreto N° 2810-G/01.-
ARTICULO 2º.- Dispóngase, a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio del CABO PRIMERO MONZON FRANCO EDUARDO, D.N.I. N° 31.391.084, Legajo Nº 15.547, por encontrarse comprendido en las disposiciones del artículo 14° inc. d) de la Ley 3759/81 y Decreto N° 1161-MS/16.-
ARTICULO 3º.-Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capitulo III, articulo 50º y ccs. de la Ley Nº 1886/48.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR