BOLETÍN OFICIAL Nº 67 – 13/06/16

El Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 17, hace saber que en el Expte. Nº D-002982/13 caratulado: “Ejecutivo: Carsa S.A. c/ Robles, Juan Pablo.”.-, se ha dictado la siguiente Resolución: San Pedro de Jujuy, 24 de Febrero de 2016.- Autos y Vistos:…Resulta:…y Considerando:…Resuelvo: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida en contra de Juan Pablo Robles (DNI 29.467.552) y hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado de Pesos Dos Mil Ochocientos Diez con 92/100 centavos ($2.810,92.-). Dicho monto devengará intereses a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de Nación Argentina, conforme lo dispuesto en la última doctrina sentada por nuestro Superior Tribunal de Justicia en la causa nº 7096/09, de fecha 11/5/11, registrada en L.A. Nº 54, Fº 673/768, nº 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del titulo y hasta la mora, considerada esta a la fecha de trabarse la litis, y de allí en mas los mismos deben ser imputados como moratorios hasta su efectivo pago, y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijaran en un 50% de los moratorios. II.- Imponer las costas del presente a la parte demandada (art. 102 del CPC).- III.- Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta la etapa de liquidación. IV.- Hacer efectivo el apercibimiento decretado respecto a la constitución del domicilio legal (art. 52 CPC). V.- Notificar, agregar copia en autos, protocolizar. Fdo. Dr. Juan Carlos Correa-Juez por Habilitación-Ante mi Dra. Mariana Roldan- Secretaria.- Publíquese en un Diario local y Boletín Oficial tres veces en cinco días.- San Pedro de Jujuy, 24 de Febrero de 2016.-

 

10/13/15 JUN. LIQ. Nº 120694 $270,00.-