BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 20/11/19
Dr. Diego A. Puca -Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, Secretaria N° 4, en la causa que se tramita mediante Expte. C-094051/17 caratulado Ejecutivo MAMANI CARLOS ARIEL c/ QUIQUIZA ELIANA ESTHER, se procede a notificar por este medio a la demandada QUIQUIZA ELIANA ESTHER, la siguiente Resolución: San Salvador de Jujuy, 28 de Marzo de 2018.- Autos y Vistos:.. Resulta;… Considerando…: Resuelve: 1.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por MAMANI CARLOS ARIEL en contra de la Sra. QUIQUIZA ELIANA ESTHER, hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Seis Mil c/00/100 ctvos. ($6.000,00) con más intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expediente N° B-145.731/05 (Sala I-Tribunal de Justicia del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio Silvia Zulema contra Achi Yolanda y otros” (Libro de Acuerdo n° 54 f 673/678 n° 235) tomando como compensatorio desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada esta a la fecha 15 de Marzo del 2016 y de allí en más los mismos deben ser imputados como moratorios y hasta el efectivo pagos e IVA si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (art. 102 del C.P.C).- III.- Regular los honorarios profesionales del la Dra. Castro Lilian en la suma de Pesos Cinco Mil ($5.000,00) por la labor profesional desarrollada en autos, con la aplicación de la doctrina sobre honorarios mínimos sentada por nuestro S.T.J. (de fecha 26/02/18 L.A. N° 21, F 05/07 N° 03), por lo que solo en caso de mora, devengara un interés igual a la tasa consignada por el capital, hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de inconstitucionalidad interpuesta en el Expte N° B-145731/05 (Sala I-Tribunal de Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros : Zamudio Silvia Zulema contra Achi Yolanda y otros” (Libro de Acuerdo n° 54 f 673/678 n° 235 de fecha 11/05/2011) con más IVA si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento en contra la Sra. QUIQUIZA ELIANA ESTHER mandándose notificar la presente Resolución por cédula y las sucesivas providencias por Ministerio Ley.- V.- Firme la presente por Secretaria, incorpórese al expediente documentación original reservada en casa fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que se tramito la presente causa.- VI.- Agregar copias en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Dr. Diego Armando Puca, Juez. Ante mi Dra. Silvana Tejerina, Secretaria.- Publíquese el presente edicto en Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Se le hace saber que los términos se comenzaran a contar a partir de la última publicación.- San Salvador de Jujuy, 23 de Octubre del 2019 .-
13/15/20 NOV. LIQ. Nº 19366 $615,00.-