BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 20/11/19
El Dr. Esteban Arias Cau Vocal Pte. de Trámite de la Sala I, Cámara Civil y Comercial Voc. N° 3, en el Expte. C-069753/16 “Ordinario por Daños y Perjuicios: ABEL FABIO ANÍBAL CUELLAR c/ ADOLFO PUCA Y OTRO”, procede a notificar el presente proveído: San Salvador de Jujuy, 16 de Octubre de 2019.- I.- Atento el informe actuarial que antecede, desé a los accionados PUCA, ADOLFO Y MAMANI, FLORENTINA, por decaído el derecho que dejaron de usar, haciéndose efectivo el apercibimiento con que fueran emplazados y téngase por contestada la demanda en los términos del Art. 298 del C.P.C. y notifíquese a los demandados la presente providencia por edictos por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial y un Diario Local y en lo sucesivo Ministerio Ley.- II- Asimismo advirtiendo que los demandados no han sido notificados en persona y una vez firme la notificación de la presente providencia, designase al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes que por turno corresponda.- III- Notifíquese por cedula.- Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau, Vocal ante mi Dra. Sofía Jerez, Secretaria.- San Salvador de Jujuy 17 de Octubre de 2019.-
13/15/20 NOV. LIQ. Nº 19278 $615,00.-