BOLETÍN OFICIAL Nº 132 – 20/11/19

CONTRATO CESION DE CUOTAS SOCIALES DE S.R.L.– Entre el Señor DIEGO ERNESTO CAJAL PEREZ, DNI/CUIL Nº 20-25165369-1, de cuarenta y dos años, argentino, con domicilio en calle José María Fascio N° 271-Bº Centro-Perico, de profesión Ingeniero en Computación, estado civil soltero y hábil para contratar, en adelante el cedente y RAMON OSMAR, CUIL Nº: 23-05387657-9 divorciado, argentino, de setenta y tres años de edad, de profesión jubilado, domiciliado en Ruta Provincial Nº 47 Km. 3 Santo Domingo, Perico, en adelante el socio incorporado, convienen de común acuerdo formalizar el presente contrato de transferencia y venta de cuotas sociales que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: ADN Sociedad de Responsabilidad Limitada, se encuentra inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el Nº C-098604/17, fecha 25 de septiembre de 2017, siendo su capital de pesos Ciento Cincuenta Mil ($150.000.-), dividido en 150 cuotas de pesos mil ($1000) cada una, valor nominal; totalmente suscriptas e integradas por los socios en las cuotas partes establecidas en el Contrato Social Art. 4º.- SEGUNDO: el Señor DIEGO ERNESTO CAJAL PEREZ, el cedente, vende y transfiere al señor RAMON OSMAR, el incorporado treinta (30) cuotas de de pesos mil ($1000) cada una, percibiendo por ello la suma total y definitiva de pesos Treinta Mil con 00/100, ($30.000,00), dinero en efectivo, sirviendo el presente de recibo suficiente.- Esta operación fue aprobada por acuerdo de los socios restantes ALFIO ORLANDO SANTA CRUZ, DNI/CUIL 23-21665653-9, de cuarenta y ocho años, con domicilio en Florida Nº 429-Bº Ledesma-Libertador General San Martín, de profesión trabajador independiente, estado civil divorciado y NATALIA MARISA CAJAL, DNI/CUIL 27-24423327-4, de cuarenta y tres años de edad, argentina, con domicilio en Ruta Provincial Nº 2- Kilómetro 6- Bº Los Claros- San Salvador de Jujuy, de profesión Contador Publico, de estado civil divorciada, firmando el contrato de conformidad.- TERCERO: El Sr. ALFIO ORLANDO SANTA CRUZ y NATALIA MARISA CAJAL, en su calidad de socios dejan expresa constancia de la liberación absoluta y total de responsabilidad con respecto a la sociedad y hacia ellos.- CUARTA: El Señor DIEGO ERNESTO CAJAL PEREZ, el cedente y el señor RAMON OSMAR, el incorporado; a través de los estados contables comprobantes y documentación, incluyendo el respectivo contrato social, se encuentra plenamente en conocimiento de la situación patrimonial, económica y financiera de la sociedad que aceptan y ratifican totalmente.- QUINTA: Se deja expresa constancia que se autoriza a la Dra. Ana Ramona López, a efectuar ante el Registro Público de Comercio los trámites pertinentes de inscripción de las cuotas transferidas mediante este contrato.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 14 días del mes de diciembre de 2018 se firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ACT. NOT. B 00457303- ESC. ADRIANA CECILIA BRAVO, TIT. REG. Nº 64 – PERICO- JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.- San Salvador de Jujuy, 06 de Noviembre de 2019.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO.-

20 NOV. LIQ. Nº 19463-19518 $300,00.-