BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 15/11/19

El Dr. Jorge Daniel Alsina, Juez de la Cámara Civil y Comercial Sala II, Vocalía Nº 5, en el Expediente  N° B-263216/11, “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: PEREIRA, MARÍA ESTELA C/ AZOPARDO SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES”, procede a notificar el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 28 de Agosto de 2019.- I- Atento el informe actuarial que antecede, lo solicitado por la Dra. María Laura Echenique y en virtud de lo previsto por el Art. 298- 2° apartado del C.P.C., dese por decaído el derecho a contestar la demanda a AZOPARDO SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES.- II- Notifíquese por cédula y al accionado mediante Edictos, los que se publicarán por tres veces en cinco días en el boletín oficial y un diario local, debiendo la actora correr con la confección de los mismos para su posterior control y firma por Secretaría.- III- Actuando en autos el principio contenido en los Arts. 50 y 72 del C.P.C., impónese al proponente la carga de confeccionar los edictos correspondientes, para su posterior control y firma del Tribunal.- IV- Notifíquese por Cédula.- Fdo. Dr. Jorge Daniel Alsina- Vocal. Ante mí Dra. Aixa Yazlle- Firma Habilitada.-

 

13/15/20 NOV. LIQ. Nº 19424 $615,00.-