BOLETÍN OFICIAL Nº 127 – 06/11/19
CESION DE CUOTAS SOCIALES – Entre el Señor MONTES RICARDO JAVIER, D.N.I. Nº 11.858.592, nacido el día 08 de octubre de 1955, argentino, con domicilio en Peatonal 24 N° 153 – Planta Baja – 298 Viviendas de la ciudad de San Salvador de Jujuy, casado, retirado de las fuerzas de seguridad, en adelante denominado “EL CEDENTE”, y por la otra parte el Señor BEGUIER DANIEL ALFREDO, D.N.I. N° 13.729.519, nacido el dia 16 de enero de 1960, argentino, con domicilio en calle El Cañaveral N° 96 del Barrio Los Perales de la ciudad de San Salvador de Jujuy, dicorciado, retirado de las fuerzas de seguridad, en adelante denominado “EL CESIONARIO”, y presente también en este acto el Señor ESCALERA HECTOR RUBEN, D.N.I. N° 13.121.581, nacido el día 21 de mayo de 1959, argentino, con domicilio en Pasaje Teniente Falconier N° 630 – 370 Viviendas – 2° Etapa – Alto Comedero de la ciudad de San Salvador de Jujuy, casado, retirado de las fuerzas de seguridad, intervienen por sus propios derechos y convienen en celebrar la presente CESION DE CUOTAS SOCIALES, la que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones – PRIMERO: Que, los Señores Escalera Héctor Rubén y Montes Ricardo Javier representan el cien por ciento del capital social, siendo en consecuencia los únicos socios de la sociedad denominada “GRUPO DE SEGURIDAD PRIVADA S.R.L.”, CUIT N° 30-71596864-5, a merito de: 1) Contrato Constitutivo otorgado mediante instrumento privado de fecha 09 de Febrero de 2018 e inscripto en el Registro Público de Comercio al Folio 132, Acta Numero 132 del Libro VI de S.R.L y registrado con copia bajo Asiento Nº 14 al Folio 208/216 al Legajo XXIII – Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. todo en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 21de marzo de 2018.- SEGUNDO: Que la sociedad tiene un capital social total de pesos cuatrocientos mil ($ 400.000) dividido en cuatrocientas (400) cuotas sociales de pesos mil ($1000) de valor nominal cada una, con derecho a un voto por cada una. En la actualidad el capital social está suscripto e integrado en su totalidad de la siguiente forma: a) ESCALERA HECTOR RUBEN, doscientos cuarenta (240) cuotas sociales por un total de pesos doscientos cuarenta mil ($ 240.000); y b) MONTES RICARDO JAVIER, ciento sesenta (160) cuotas sociales por un total de pesos ciento sesenta mil ($ 160.000). Que, dichas cuotas sociales se encuentran totalmente integradas.- V.- Que, no pesa sobre las mismas derecho de prenda, usufructo o cualquier otro derecho real, así como que sobre las mismas no se ha trabado embargo ni ninguna otra medida cautelar que impida o limite su libre disponibilidad. Que, no pesa sobre ellos ninguna incapacidad de derecho o de hecho o inhibición general de bienes, prohibición de contratar, o cualquier otro tipo de limitación a la libre disponibilidad de sus derechos, como así también que no ha sido demandado en causas de contenido patrimonial ni está en cesación de pagos ni se le ha pedido la quiebra. Que, la situación patrimonial, como así también el valor de los activos y pasivos de “la sociedad”, es el que surge de sus libros, comprobantes y demás documentación contable. Que, el funcionamiento de “la sociedad” es regular y corresponde a las constancias de los libros de actas y contables. Que, “la sociedad” es propietaria exclusiva y está en posesión de todos los bienes de uso y de cambio que constan en sus libros.- TERCERO: El Señor Montes Ricardo Javier CEDE Y TRANSFIERE a favor del Señor Beguier Daniel Alfredo, el cien por ciento de su participación societaria, esto es, la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponden en “GRUPO DE SEGURIDAD PRIVADA S.R.L.”, es decir, la cantidad de ciento sesenta (160) cuotas sociales por un total de pesos ciento sesenta mil ($ 160.000), a favor del Sr. Beguier Daniel Alfredo. Por su parte EL CESIONARIO acepta las cuotas sociales cedidas a su favor y las adquiere en su totalidad.- CUARTO: La presente cesión se realiza por el precio total de Pesos ciento sesenta mil ($ 160.000) suma ésta que el CEDENTE recibió con anterioridad a éste acto de manos del CESIONARIO en dinero en efectivo a su entera satisfacción, otorgando por medio de la presente suficiente recibo y carta de pago en legal forma, manifestando que el importe de la cesión comprende además del aporte societario transferido en la forma expuesta, las utilidades devengadas hasta la fecha, los beneficios y las pérdidas que pudieran corresponderle hasta la fecha, admitiendo que a partir de la fecha los resultados de la gestión social serán por cuenta del cesionario, renunciando además expresamente a cualquier otro derecho, beneficio o retribución que pudiera atribuírsele por haber formado parte de la sociedad o por servicios prestados a la misma, y que resigna irrevocablemente cualquier pretensión o reclamo ulterior, presente o futuro contra la sociedad o contra sus integrantes y se declara separado de la misma desde este momento y transferido respectivamente sus aportes sociales en la forma expresada al Sr. Beguier Daniel Alfredo, todo de plena conformidad.- QUINTA: El CEDENTE transmite a favor del CESIONARIO todos los derechos y acciones inherentes a las cuotas cedidas, subrogando al adquirente en su mismo lugar y grado de prelación. Por su parte el Cesionario impuesto de la presente cesion de cuotas, prestan su total conformidad y aceptación.- SEXTA: Presente en este acto el Sr. Escalera Héctor Rubén, presta su plena conformidad al presente contrato, renunciando a cualquier derecho de preferencia que contractual y legalmente le pudiere corresponder.-SEPTIMA: Los Sres. Escalera Héctor Rubén, Montes Ricardo Javier y Beguier Daniel Alfredo declaran bajo fe de juramento que los datos personales consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que NO se encuentra incluido y/o alcanzado dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por la Unidad de Información Financiera, Resoluciones Nº 11/2011, 52/2012, y 134/2018, que han leído. Además, asumen el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- OCTAVA: Los Sres. Escalera Héctor Rubén, Montes Ricardo Javier y Beguier Daniel Alfredo declaran bajo fe de juramento que la sede social de “GRUPO DE SEGURIDAD PRIVADA S.R.L.”, centro principal de dirección y administración de las actividades de la entidad relacionada, tiene efectivo funcionamiento en calle Pedro del Portal N° 1062 – B° Ciudad de Nieva de la ciudad de San Salvador de Jujuy, departamento Dr. Manuel Belgrano, provincia de Jujuy.- NOVENA: Presente en este acto la Sra. GAONA ZULMA OFELIA, argentina, casada, DNI N° 12.842.283, cónyuge del CEDENTE presta el asentimiento conyugal para el contrato del epígrafe aquí instrumentado.- En prueba de conformidad, a los 08 días del mes de agostol de 2019 en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ACT. NOT. B00372389 – ESC. IVANA VALERIA FARFAN, TIT. REG. Nº 77 – S.S. DE JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550.- San Salvador de Jujuy, 16 de octubre de 2019.-
JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO.-
06 NOV. LIQ. Nº 19218 $455,00.-