BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 04/11/19

Adenda- Modificación al Contrato Social por Aumento de Capital Mediante Aporte en Especies ABASTECER JUJUY S.A.S.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, República Argentina, a los dieciocho días del mes de Septiembre del año 2019; el que suscribe FEDERICO NICOLÁS GUTIÉRREZ LUCERO, D.N.I. 31.643.049, CUIL/T 20-31643049-0, de nacionalidad argentino, nacido el 05/09/1985, de profesión Técnico Superior en Administración de Empresas, estado civil casado en primeras nupcias con Carla Ficoseco,  con domicilio en la calle Reina Mora Nº 1276, casa 5B° Los Perales, de la Localidad de San Salvador de Jujuy.-  Y DICE: PRIMERO: ANTECEDENTES. Que Concurre en el carácter de único socio de la sociedad “ABASTECER JUJUY SAS” que en virtud del Contrato Social Constitutivo suscripto en fecha 25 de Junio del 2019, que la misma cuenta con un capital originario de PESOS NOVENTA MIL ($90.000), fijado en el acto fundacional.- SEGUNDO: EXPOSICIÓN. Que por la presente viene a instrumentar el Aumento del Capital Social, que resolvió incrementar el capital en pesos sesenta mil ($60.000,00), en cuyo caso el capital actual de la entidad, de Pesos Noventa Mil ($90.000,00), es elevado al total de pesos ciento cincuenta mil ($150.000,00),  mediante aportaciones en bienes útiles (mercadería vinculada a la actividad de la sociedad), según así resulta del informe de Inventario General de Aportes y Balance Constitutivo al 10 de septiembre del 2019.- En consecuencia, se emiten en el presente sesenta (60) nuevas acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $100,00 cada una y de 1 voto por acción, las cuales se encuentran, actualmente, totalmente integradas.- TERCERO: REFORMA DEL ESTATUTO: Como consecuencia de ello, se procede a modificar el texto del ARTÍCULO CUARTO del estatuto social, que queda redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO. Capital: El Capital Social es de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000,00.-), representando por ciento cincuenta (150) acciones ordinarias escriturales de $ 100,00.- (pesos cien) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción.- Que, el capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley N° 27.349.  Los socios gozarán de un derecho de preferencia para suscribir las nuevas emisiones de acciones en proporción a sus tenencias, cuando ejercieren sus facultades en los treinta (30) días subsiguientes de notificados fehacientemente de modo personal.- QUINTO: APODERAMIENTO: Se confiere PODER ESPECIAL a favor de la Escribana María verónica Cuadri Escudero, Titular del registro Notarial Nº 9, con domicilio legal en calle Balcarce 279 de esta ciudad, para que actué y pueda realizar todas las gestiones necesarias para obtener la conformidad administrativa del presente y la oportuna inscripción registral, con facultad para contestar observaciones, otorgar escrituras complementarias, de modificación, incluso de la denominación social, firmar recibos, interponer y sostener recursos, y también para rubricar los libros sociales y, en general, realizar cuantos más actos, gestiones y diligencias fueren conducentes para el mejor desempeño del presente, que podrán sustituir, sin que este encargo les implique responsabilidad.- SEXTO: OTRAS CONSTANCIAS: Que, conforma parte del presente instrumento, copia original del Inventario General de Aportes y Balances Constitutivo que rola a 6 fojas confeccionado por el Contador Publica Nacional Miguel Perea, M.P. Nº 1144 y con debida Legalización del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas de la Provincia de Jujuy en fecha 17/09/2019, del cual surge y acredita el acto del aumento de capital suscripto en el presente instrumento.- Se deja expresamente establecido que la presente  ADENDA es integrativo del Contrato de Constitución Social referenciado.- Se expide el presente en el lugar y fecha indicados ut-supra, en tres ejemplares de un mismo tenor, firmando el Sr. Federico Nicolás Gutiérrez Lucero, de conformidad, para ser presentando ante las autoridades que así se requieran.- ESC. MARIA VERONICA CUADRI ESCUDERO, TIT. REG. Nº 09 – S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 37 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 24 de Octubre de 2019.-

 

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TÉCNICO REGISTRO PÚBLICO

04 NOV. LIQ Nº 19320 $300,00.-