BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 04/11/19

El Dr. R. Sebastián Cabana, Juez en lo civil y comercial Nº 4 Secretaria Nº 8 en el Expte.  C-098262/17, caratulado: “Ejecutivo: Cruz, Fernando Juan Manuel C/ Escalante, Carolina Lorena Lucia” procede a notificar la siguiente Resolución: “San Salvador de Jujuy, 2 de Julio de 2019.- Autos y Vistos: …Resulta:… Considerando:… Resuelve: I. Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por. CRUZ, FERNANDO JUAN MANUEL, en contra del Sra. ESCALANTE, CAROLINA LORENA ALICIA, D.N.I. Nº 27.726.735, hasta hacerse del íntegro pago del Capital reclamado, o sea la suma de pesos diecinueve mil novecientos ochenta ($ 19.980,00) que surge de un pagaré de fecha 10/02/2017, con más los intereses a tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el expte. B-145731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro.-“, (L.A. 54, Fº 673-678- Nº 235) desde la mora (operada en fecha 10/07/2017) y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere. II. Imponer las costas a la vencida. (Art. 102 del C.P.C.). III. Regular los Honorarios Profesionales del Dra. NATALIA SOLEDAD PEÑALOZA, por los motivos expresados en los considerándoos, en la suma de Pesos Siete Mil Quinientos ($ 7.500), equivalente a 10 UMAs, los que se fijan a la fecha de ésta sentencia, por lo que solo en caso de mora, devengarán interés a la Tasa Activa de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa” Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. B-145731/05 (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro.-“, (L.A. 54, Fº 673-678- Nº 235), más IVA si correspondiere.- IV. Agregar copia en autos, hacer saber, etc.- AC.- Fdo. Dr.: R. Sebastian Cabana- Juez ante mi Dra.: María Cecilia Hansen Prosecretaria.- Aclaratoria de Fs. 68: “San Salvador de Jujuy, 24 de septiembre de 2019.- Autos y Vistos: … Considerando:… Resuelve: I.- Aclarar que en la sentencia de fs. 63/64 en el RESUELVE, apartado I, donde dice: “… Capital reclamado, o sea la suma de pesos diecinueve mil novecientos ochenta ($ 19.980.-) debe decir:”… Capital reclamado, o sea la suma de  pesos diecisiete mil novecientos ochenta ($ 17.980). II.- Agregar copia en autos, registrar y notificar. Fdo. Dr.: Ricardo Sebastian Cabana- Juez ante mi Dra.: Andrea Calderari, Firma Habilitada.- Publíquese edictos por tres veces en cinco días, en Diario Local y el Boletín Oficial.- San Salvador de Jujuy, 27 de Septiembre de 2019, Secretaria Nº 8, a cargo de la Dra. María Cecilia Hansen – Prosecretaria.-

 

01/04/06 NOV. LIQ. N° 19261 $615,00.-