BOLETÍN OFICIAL Nº 124 – 30/10/19
DECRETO Nº 9584-S/2019.-
EXPTE Nº 721-1521/17.-
Agdo. Nº 721-1788/17.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ejercicio 2.019 Ley N° 6113, Conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R 6-01-09 Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson”
SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos
24-30 horas 1
18-30 horas 1
Agrup. Servicios Generales
Escalafón General
Ley 3161/74
Total 2
CREASE
Categoría Nº de Cargos
1-30 horas 2
Agrup. Servicios Generales
Escalafón General
Ley 3161/74
Total 2
ARTÍCULO 2°.- Téngase por aceptada a partir del 8 de agosto de 2.018, la renuncia presentada por la Sra. SILVIA LILIANA MORENO, CUIL 27-23135906-6, al Contrato de Locación de Servicios, que detenta bajo la dependencia del Ministerio de Salud.‑
ARTÍCULO 3°.- Téngase por designada a partir del 9 de agosto de 2.018, a la Sra. SILVIA LILIANA MORENO, CUIL 27-23135906-6, en el cargo categoría 1, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, para cumplir funciones de mucama en el Hospital “Dr. Guillermo C. Paterson”.‑
ARTÍCULO 4°.- Téngase por designada a partir del 10 de agosto de 2.018, a la Sra. MONICA LILIANA TEJERINA, CUIL 27-22538134-3, en el cargo categoría 1, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, para cumplir funciones de mucama en el Hospital “Dr. Guillermo Paterson”.‑
ARTÍCULO 5°.- La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ejercicio 2019, Ley N° 6113, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2019:
Con la respectiva partida de “Gasto en Personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud U. de O.: 6-01-09 Hospital “Dr. Guillermo Paterson”.‑
EJERICIOS ANTERIORES (períodos no consolidados)
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR