BOLETÍN OFICIAL Nº 69 – 22/06/16

Dra.  Silvia  Elena  Yecora-Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2-Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº C-036607/14, caratulado: “Ejecutivo: Credinea S.A. C/ Veliz Isaac Antonio”, se procede a notificar por este medio al Sr. Veliz Isaac el siguiente Proveído: “San Salvador de Jujuy 23 de Diciembre de 2.014”.- 1.- Téngase por presentado al Dr. Martin Meyer en nombre y representación de Credinea S.A. a merito del Poder Gral. que adjunta por parte y por constituido domicilio legal.- 2.- Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los arts. 472 inc. 4º, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra de la demandada Sr. Isaac Antonio Veliz mandamiento de pago y ejecución por la suma de Pesos Dos Mil Quinientos Cuarenta C/54/100 ($2.540,54.-) en concepto de capital reclamado, con más la de Pesos Un Mil Doscientos Setenta C/27/100 ($1.270,27.-), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades designándose depositario judicial al propio Afectado y/o a persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los  bienes embargados registran algún  gravamen, y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo de remate  prendario a Juez embargante y cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere en el término de cinco (5) dias, en el Juzgado Civil y Comercial 2, Secretaría 4, sito en calle Independencia esquina Lamadrid bajo apercibimiento de llevar adelante la presente ejecución.- 3.- Al efecto comisionase al Juez de Paz con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario. Asimismo intimase a la demandada para que en el mismo término que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de Tres Kilometros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (art. 52 del C.P.C.).- 4.- Notifíquese (art. 154 del C.P.C.).- Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces en cinco días.- Se le hace saber que los términos se comenzaran a contar a partir de la ultima publicación.- San Salvador de Jujuy, 29 de Diciembre de 2015.-

 

13/15/22 JUN. LIQ. Nº 120698 $270,00.-