BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 23/10/19
EXPTE. Nº 1052-364-17.-
C/Agreg. 1052-830-16; 1052-792-18 y 1052-347-15.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 AGO. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por Creada la Escuela Secundaria Rural N° 3 mediada por Entornos Virtuales con Sede Central en San Salvador de Jujuy CUE N° 3801000-00, a partir del Inicio del Término Lectivo 2018, de conformidad con lo dispuesto por Resolución N° 9794-E-18 de fecha 24 de julio de 2018 y su rectificatoria Resolución 11099-E-18 de fecha 14 de diciembre de 2018.-
ARTICULO 2°.- Autorizase a la Escuela Secundaria Rural N° 3, a funcionar con carácter experimental por el Período Lectivo 2018, conforme las pautas y lineamientos dispuestos en Decreto N° 920/16.-
ARTICULO 3º.- Dispónese que la Escuela Secundaria Rural N° 3 iniciará sus actividades con una sede central en San Salvador de Jujuy y sedes locales en Cangrejillos CUE N° 3801000-01, San Juan de Misa Rumi CUE N° 3801000-03, Casa Colorada CUE N° 3801000-04 y Rodero CUE N° 3801000-06.-
ARTICULO 4°.- Dispónese que la erogación que demande el funcionamiento de la Escuela Secundaria Rural N° 3, será atendida con las partidas presupuestarias asignadas al Ministerio de Educación por la Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos de la-provincia de Jujuy.
ARTICULO 5°.- Facúltese al Ministerio de Educación y a sus dependencias según corresponda, a emitir los actos resolutivos ampliatorios, complementarios, modificatorios que resulten necesarios para el funcionamiento de la Escuela Secundaria Rural N° 3.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR