BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 23/10/19
EXPTE. Nº 726-222/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, conforme se indica a continuación:
TRANSFIERASE
DE:
U. de O.: R1 Ministerio
Categoría Nº de Cargos
A (j-1) 1
Agrup. Profesional
Ley 4418
Total 1
A:
U. de O.: R6-01-14 Hptal. “Dr. Salvador Mazza”
Categoría Nº de Cargos
A (j-1) 1
Agrup. Profesional
Ley 4418
Total 1
ARTÍCULO 2º.- Téngase por designada interinamente a la Od. Mariela Judith Aramayo Caliva, CUIL 27-27110578-4, en el cargo Categoría A (j-1), Agrupamiento Profesional, Ley 4418, para cumplir funciones de odontóloga en el Hospital “Dr. Salvador Mazza”, a partir del 01 de noviembre de 2018 y hasta tanto lo disponga la superioridad o se realice el llamado a concurso respectivo.-
ARTÍCULO 3º.– Dispónese que la Dirección del Hospital “Dr. Salvador Mazza”, deberá solicitar por el área pertinente, la constancia que acredite el bloqueo de título de la Od. Mariela Judith Aramayo Caliva, como requisito indispensable para la posesión del cargo individualizado en el artículo precedente.‑
ARTÍCULO 4º.– La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá de conformidad a las siguientes previsiones del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos ejercicio 2019, Ley 6113:
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
EJERCICIO 2019
Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: 6-01-14 Hospital “Dr. Salvador Mazza”.‑
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR