BOLETÍN OFICIAL Nº 121 – 23/10/19
EXPTE Nº 720-154/17.-
y Nº 733-47/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 MAYO 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Téngase por aceptada la renuncia presentada por la Dra. Patricia Manuelita Mendivil, al cargo categoría A, agrupamiento profesional, Ley N° 4418, que detentaba en la U. de O.: R5-04 Centro de Rehabilitación “Dr. Vicente Arroyabe”, a partir del 01 de julio de 2017.‑
ARTICULO 2°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2019, Ley 6113, conforme se indica a continuación:
TRANSFIERASE
DE
U. de O.: R1 Ministerio
Categoría Nº de Cargos
A 1
Agrup. Profesional
Ley Nº 4418
Total 1
A
U. de O.: 6-01-23 Hospital “Wenceslao Gallardo”
Categoría Nº de Cargos
A 1
Agrup. Profesional
Ley Nº 4418
Total 1
ARTICULO 3°.- Téngase por designada a la Dra. Patricia Manuelita Mendivil, CUIL N° 27-16061040-4, en el cargo categoría A, agrupamiento profesional, Ley N° 4418, para cumplir funciones de Médica Psiquiatra en la planta permanente de la U. de O.: R6-01-23 Hospital “Wenceslao Gallardo”, a partir del 9 de octubre de 2018.‑
ARTICULO 4°.- La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con las siguientes partidas:
EJERCICIO 2019
La partida de Gasto en Personal asignada, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6113, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.:6-01-23 Hospital “Wenceslao Gallardo”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES: (Periodo no consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.‑
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR