BOLETÍN OFICIAL Nº 117 – 11/10/19
EXPTE Nº 713-396/17.-
y Nº 780-42/18.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 MAYO 2019.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2019, Ley 6113, conforme se indica a continuación:
A)
TRANSFIERASE:
DE:
U. de O.: R1 Ministerio
Categoría Nº de Cargos
13 1
Agrup. Técnico
Escalafón Gral.
Ley 3161/74
Total 1
A:
U. de O.: R6-01-01 Centro Sanitario “Dr. Carlos A. Alvarado”
Categoría Nº de Cargos
13 1
Agrup. Técnico
Escalafón Gral.
Ley 3161/74
Total 1
B)
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R 6-01-01 Centro Sanitario “Dr. Carlos A. Alvarado”
SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos
24 (c-4) 1
16 1
Agrup. Técnico
Escalafón General
Ley 3161/74
Total 2
CREASE
Categoría Nº de Cargos
13 1
16 (c-4) 1
Agrup. Técnico
Escalafón General
Ley 3161/74
Total 2
ARTICULO 2°.- Téngase por designados al Sr. Arnaldo German Lincheo, CUIL 20-30150302-5, y a la Sra. Karen Denise Gonzalez, CUIL 27-36183383-5, en los cargos categoría 13, agrupamiento técnico, escalafón general, Ley 3161/74, para cumplir funciones de enfermeros profesionales en la U. de O.: R6-01-01 “Centro Sanitario “Dr. Carlos A. Alvarado”, a partir del 17 de septiembre de 2018.‑
ARTICULO 3°.- Adecúese a la Sra. Carmen del Valle Duran, CUIL 27-12757389-7, en el cargo categoría 16 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general, Ley 3161/74, de la U. de O.: R6-01-01 “Centro Sanitario “Dr. Carlos A. Alvarado”, a partir de la fecha del presente Decreto.‑
ARTICULO 4°.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con las partidas previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2019, Ley 6113, que se indican a continuación:
EJERCICIO 2019
Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R6-01-01 Centro Sanitario “Dr. Carlos A. Alvarado”.‑
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contadur1$a, Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.-
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR