BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 04/06/07
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETO ACUERDO N° 0360.05.009 .-
EXPEDIENTE N° 16- 6987-2005 C/Agdos. 7120-05 y 16906-04.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de julio de 2005
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE SAN SALVADOR DE JUJUY
EN ACUERDO DE SECRETARIOS
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Dispónese la desafectación de una fracción de 174,09 m2, tal como surge del Plano de Mensura de Simple División remitido para su aprobación a la Dirección de General de Inmuebles de la Provincia; del dominio público del Municipio destinado a Espacio Verde, individualizado en la Parcela 1 de la Manzana 23, fracción que se destinará a la obra requerida por Agua de Los Andes, “RED CLOACAL Y SISTEMA DE BOMBEO PARA LA ZONA BAJA DEL Bº LOS PERALES”; por las razones enunciadas en el exordio.-
ARTICULO 2º.– Dispónese el cambio de destino de la fracción individualizada en el articulo precedente, la que pasa a formar parte del dominio privado de la Municipalidad.-
ARTICULO 3º.- Dispónese que el remanente de 7.113,55 m2, con actual Nomenclatura Catastral: Secc. 5, Manzana 23, Parcela 1, y su dominio se encuentra inscripto en el Rubro 10 Asiento 2 de la Matrícula A- 11430-4131; continuará afectado al dominio público municipal como Espacio Verde.-
ARTICULO 4º.- Dispónese que una vez aprobado el plano de Mensura de Simple División por parte de la Dirección General de Inmuebles de la Provincia, se proceda a través de la Dirección Notarial de esta Municipalidad, a transferir por escritura pública la fracción individualizada en el articulo 1º, de dominio privado de la Municipalidad tal como surge del artículo 2º, a la Empresa Agua de Los Andes S.A. con el cargo de destinarla a “ RED CLOACAL Y SISTEMA DE BOMBEO PARA LA ZONA BAJA DEL Bº LOS PERALES, por la urgencia que se justifica con los fundamentos establecidos en el exordio.
ARTICULO 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial y remítase copia del presente Decreto de Necesidad Urgencia al Concejo Deliberante a los fines pertinentes, a la Dirección Provincial de Inmuebles de la Provincia, a la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones (SUSEPU), Agua de los Andes S.A., Dirección General de Obras Públicas, Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo y Dirección de Información Pública.-
Arq. JOSE LUIS MARTIARENA
INTENDENTE
Municipalidad de S. S. de Jujuy
04 Junio S/C