BOLETÍN OFICIAL Nº 64 – 08/06/07
EXPTE Nº 500-349/2006.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 JUL. 2006-
VISTO:
La competencia asignada al Poder Ejecutivo Provincial mediante Ley Nº 5200, y,
CONSIDERANDO:
Que corresponde modificar la estructura orgánica – funcional del Ministerio de Hacienda a los fines de adecuar la naturaleza específica de su cometido a los objetivos y finalidades previstas por el Poder Ejecutivo en el marco del reordenamiento y reorganización de las estructuras del Estado.,
Que se encuentra vacante un cargo de Asesor- Personal Jerárquico Fuera de Escala -, en la U.de O. “C-1-Ministerio de Hacienda” dependiente del Ministerio de Hacienda;
Por ello y en uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 137º de la Constitución de la Provincia, Artículo 41º de la Ley Nº 5200,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º: Modificase el presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente como a continuación se indica:
TRANSFIÉRESE DE:
Jurisdicción: “C”- Ministerio de HACIENDA
U de O.: “1” – Ministerio de HACIENDA
CARGO-CATEGORIA Nº DE CARGOS
ASESOR 1
TOTAL:………………………………………1
A:
Jurisdicción: “C”- Ministerio de HACIENDA
U de O.: “3”- SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
CARGO-CATEGORIA Nº DE CARGOS
ASESOR 1
TOTAL:……………………………………..1
ARTICULO 2º: Modificase la Planta de Personal de la U.de O. “3”-Secretaria de Ingresos Públicos, dependiente de la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda, en la forma que se indica a continuación:
SUPRIMESE:
Jurisdicción: “C”- Ministerio de HACIENDA
U de O.: “3” – SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
CARGO-CATEGORIA Nº DE CARGOS
ASESOR 1
TOTAL:………………………………………1
CREASE:
CARGO-CATEGORIA Nº DE CARGOS
COORDINADOR DE INGRESOS 1
TOTAL:………………………………………………..1
ARTICULO 3º: La Remuneración a percibir por el Coordinador de Ingresos, será la que corresponda a la de Director.
ARTICULO 4º: Autorízase a realizar las transferencias de créditos que resulten necesarias.
ARTICULO 5º: Las disposiciones del presente Decreto rigen a partir del 05 de Julio de 2006.
ARTICULO 6º: Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y, pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal para su conocimiento. Cumplido, pase al Ministerio de Hacienda a sus demás efectos.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR