BOLETÍN OFICIAL Nº 112 – 30/09/19
Escritura Número Catorce. Nº 14. Prorroga de Plazo de Contrato Social de ES-PAN S.R.L.-En esta Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los catorce días del mes de Enero del año dos mil diecinueve, ante mí, Escribana Pública, María Celeste Pérez, Titular del Registro Numero Noventa y uno, comparecen Julián Antonio OLLER FERNANDEZ, argentino, nacido el día veintitrés de Junio del año mil novecientos sesenta y ocho, D.N.I. N° 20.455.767, C.U.I.T. 20-20455767-6, contador público nacional y comerciante y Sandra Delicia BREZINA, argentina, nacida el día veintidós de Diciembre del año mil novecientos sesenta y ocho, D.N.I. N° 20.398.721, C.U.I.T. 27-20398721-3, ama de casa, cónyuges en primeras nupcias, domiciliados en Avenida Almirante Brown N° 928, de esta ciudad, a quienes identifico de conformidad con el Artículo 306 inciso b del Código Civil y Comercial, doy fe.- Y los comparecientes dicen concurren a este acto en su carácter de únicos socios de la razón social ES-PAN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, C.U.I.T. 30-61307993-5, con domicilio en Avenida Almirante Brown N° 948, Barrio San Pedrito, de esta ciudad, en virtud de los siguientes instrumentos: 1) Constitución de ES-PAN S.R.L., otorgada por Escritura número ciento setenta y dos, de fecha veintidós de Septiembre de mil novecientos ochenta y seis, autorizada por el Escribano Luis Ercilio Machado, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia al Folio 27, Acta N° 26 de S.R.L., Libro I, Tomo I, de la Matricula de S.R.L. y bajo Asiento N° 26 al Folio 245/248 de S.R.L. del Legajo I, Tomo I del Registro de Escrituras Mercantiles, ambas de fecha diecinueve de Diciembre de mil novecientos ochenta y seis; 2) Modificatoria pasada por Escritura número sesenta y ocho, de fecha treinta de Junio de mil novecientos ochenta y siete, autorizada por el Escribano Luis Ercilio Machado, inscripta en Registro Público de Comercio de la Provincia bajo Asiento N° 56, al Folio 262/263 de S.R.L., del Legajo I, Tomo I, de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha veintisiete de Agosto de mil novecientos ochenta y siete; 3) Prorroga Societaria, realizada por Escritura número cuarenta y siete, de fecha veinticuatro de Septiembre de mil novecientos noventa y tres, autorizada por el Escribano Luis Ercilio Machado, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia bajo Asiento N° 27, al Folio 79/80 de S.R.L. Legajo II, Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles, con fecha dieciséis de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro; 4) Prorroga Societaria pasada por Escritura número doscientos veintitrés, de fecha catorce de Diciembre de dos mil, autorizada por el Escribano Nicolás Granara, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia bajo Asiento N° 12 al Folio 76/78, del Legajo IV, de Marginales, del Registro de Escrituras Mercantiles; 5) Reconducción de ES-PAN S.R.L., otorgada por Escritura número cuarenta y seis, de fecha veinticinco de Abril de dos mil tres, autorizada por el Escribano Nicolás Granara, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia bajo Asiento N° 3, al Folio 14/33, del Legajo VII, de Marginales, del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha catorce de Febrero de dos mil cuatro y 6) Cesión de Cuotas Sociales y Modificación de Contrato Social, realizada por Escritura número cuatrocientos cuarenta y nueve, de fecha dos de Agosto de dos mil siete, autorizada por el Escribano Cesar Ricardo Frías, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia, bajo Asiento N° 54, al Folio 303/305, del Legajo X, Tomo II, de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha diecinueve de Septiembre de dos mil siete, 7) Prorroga Societaria pasada por Escritura número treinta y cuatro, de fecha dieciséis de Enero de dos mil nueve, autorizada por la Escribana Susana Daniela Di Pietro, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia bajo Asiento N° 20 al Folio 95/97, del Legajo XII, Tomo I de Marginales, del Registro de Escrituras Mercantiles de fecha ocho de Abril de 2009; instrumentos que en fotocopia agrego al legajo de comprobantes de la presente Escritura y dicen: PRIMERO: Que han resuelto prorrogar el plazo de duración de la Sociedad mencionada por el por el término de quince años a contar de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.- SEGUNDO: Las partes manifiestan que quedan vigentes todas y cada una de las cláusulas, que no se hubiesen modificado por el presente, las que se dan aquí por reproducidas.- TERCERO: Los firmantes autorizan a la Escribana María Celeste Pérez, a fin de que gestione y solicite la inscripción de la prórroga del contrato social, ante el Registro Público de Comercio. A tal efecto, la facultan para aceptar y/o proponer las modificaciones que dicho organismo estimare procedentes, inclusive lo relativo a la denominación de la sociedad, al capital social, ya sea la suscripción o integración, al objeto social, firmando todos los instrumentos públicos y privados necesarios, como así también para desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escritos. Igualmente se la faculta para interponer en su caso los recursos que la ley 19.550, el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, la ley Orgánica de la Autoridad Registral y la Ley de Procedimientos Administrativos prevén, firmando también todos los escritos, documentos y escrituras públicas que se requieran para tal fin, hasta lograr la inscripción definitiva del contrato social. Previa lectura y ratificación firman en constancia los comparecientes, todo ante mí, Escribana Autorizante, que certifico y doy fe.- Hay dos firmas que pertenecen a Julián Antonio Oller Fernández, y Sandra Delicia Brezina. Esta mi firma y sello notarial, Ante mi María Celeste Pérez.- CONCUERDA con su escritura matriz que pasó ante mí al folio veintiuno, del protocolo del corriente año, del Registro a mi cargo. Para ES-PAN S.R.L., expido este PRIMER TESTIMONIO, en dos hojas de Actuación Notarial las que firmo y sello en el lugar y fecha de otorgamiento.- ACT. NOT. Nº A 00209644, ESC. MARIA CELESTE PEREZ-TIT. REG. Nº 91- S.S. DE JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 17 de Septiembre de 2019.-
JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
30 SEPT. LIQ. Nº 18805 $455,00.-