BOLETÍN OFICIAL Nº 112 – 30/09/19

Dr. Marisa E. Rondon Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 Secretaria Nº 6, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-091.789/17, caratulado: “CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ FARFAN ALFARO LUIS S/ Ejecutivo” hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: “San Salvador de Jujuy, 16 de Agosto de 2019.- Autos y Vistos: Los del presente Expte. C-091789/17 caratulado “Ejecutivo: CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ FARFAN ALFARO, LUIS” del que Resulta…Considerando…Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. CUIT Nº 30-52940352-2 en contra de FARFAN ALFARO, LUIS DNI 92.268.427 hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Sesenta y Un Mil Ciento Sesenta y Tres con 48/100 ctvos. ($61.163,48) con más los intereses según lo expuesto en el considerando anterior tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235), tomados como compensatorios desde la fecha de suscripción del título y hasta la mora, considerada esta a la fecha denunciada en el escrito de demanda 07/11/16, hasta su efectivo pago y como punitorios al haber sido los mismos pactados, se fijaran en un 50% de los moratorios, con mas I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 C.P.C.).- III.- Regular los honorarios profesionales por la labor desarrollada en autos al Dr. Carlos Abel Damian Aguiar en la suma de Pesos Siete Mil Setecientos Seis con 59/100 ctvos. ($7.706,59) que resulta de aplicar el porcentaje de 12,60 % al capital y que a fin de que guarde relación con los intereses del monto ejecutado moratorios y compensatorios, llevara un interés igual al dispuesto para el capital desde igual fecha, a excepción de los intereses punitorios siguiendo la doctrina del S.T.J. sentada en la L.A. Nº 58 Fº 2005/2007 Nº 570, e I.V.A. si correspondiere, conforme lo dispuesto por los arts. 17, 24, y 35 de la ley Nº 6112/18 (Ley de Honorarios Prof. de Abogados y Procuradores de la Provincia de Jujuy).- IV.- Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- V.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 13 en contra de FARFAN ALFARO, LUIS DNI 92.268.427 mandándose notificar la presente Resolución mediante cédula y edicto; y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- VI.- Notificar por cédula, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo: Marisa E. Rondon-Juez; Ante Mi: María Guillermina Sequeiros-Prosecretaria.- Publicación de Edictos en el Boletín Oficial y un Diario de Circulación por el término tres veces por el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, a los 02 días del mes de Septiembre del 2019.-

 

27/30 SEPT. 02 OCT. LIQ. N° 18818 $615,00.-