BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 27/09/19
Escritura Numero Ochenta y Siete (87), Protocolización de Modificación del Articulo 7° del Estatuto Societario de GIRSU JUJUY S.E.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los cuatro días del mes de Junio del año Dos mil diecinueve, ante mí, CARLA JIMENA ELLEMBERG, Escribana Publica Nacional, Adscripta al Registro del Estado, COMPARECE: El Ingeniero Agrónomo OSCAR ALFONSO UNZAGA, argentino, titular del Documento Nacional de Identidad número Dieciséis millones trescientos cuarenta y siete mil setecientos nueve, con domicilio legal en calle Republica de Siria N° 150, Primer Piso, de esta Ciudad, a quien afirmo conocer en los términos del Apartado b) del Artículo 306 del Código Civil y Comercial de la Nación. El compareciente concurre en su carácter de Presidente de la Empresa Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos Sociedad del Estado- GIRSU JUJUY S.E., designado mediante Decreto del Poder Ejecutivo de la Provincia número Siete mil ochocientos ochenta-Letra A- de fecha veintinueve de Octubre del año Dos mil dieciocho; y solicita mi intervención notarial a efectos de proceder a la Protocolización de Modificación del Artículo 7° del Estatuto Societario, que para este acto he tenido a la vista, doy fe. El documento que textualmente procedo a transcribir reza: “En la ciudad de San Salvador, a los 25 días del mes de abril de 2019, siendo horas 18:00 se reúnen en la sede de GIRSU JUJUY S.E.; sitio en calle República de Siria N° 150 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, los Sres. Oscar Unzaga, Guillermo Marenco, Hugo Mamani, Oscar Ramón Jayat, Hugo Cruz, Julio Bravo, en su calidad de Presidente y Directores de la empresa GIRSU JUJUY S.E., para tratar el siguiente orden del día: 1) Modificación del Estatuto Social de GIRSU JUJUY S.E.- Inscripción en Registro Público de Comercio. Toma la palabra el Sr. Presidente e informa a los directores que en relación al trámite de inscripción de Registro Público de Comercia a cargo del Juzgado N° 1 realizo observaciones respecto de la constitución del capital social, por lo que a fin de dar cumplimiento con las disposiciones de la Ley General de Sociedades T.O. 1984, propone la siguiente modificación al Artículo 7° del Estatuto Societario: El capital social corresponde en su totalidad al Estado Provincial de la Provincia de Jujuy. El capital social asciende a la suma de Pesos Veinte Millones ($20.000.000), representado en diez mil (10.000) títulos nominativos de dos mil pesos ($2.000) cada uno, los cuales podrán ser transferibles únicamente entre los entes mencionados en el artículo 1° de la Ley N° 20.705. Los títulos nominativos que se emitan serán definitivos o provisorios contendrán las menciones previstas en los artículos 211° y 212° de la Ley General de Sociedad T.O. 1984. Los títulos nominativos integran el patrimonio de la provincia y serán depositados en la Tesorería General de la misma, a los efectos de su guarda y custodia siendo el titular de estos la Provincia de Jujuy, quien podrá ejercer los derechos que estos le confieren a través del Poder Ejecutivo Provincia. En caso de mora en la integral del capital el Directorio queda facultado para proceder de acuerdo con cualquiera de los procedimientos determinados por el artículo 193 de la Ley General de Sociedades T.O. 1984. El capital social también podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, sin requerirse conformidad administrativa, pudiendo delegarse en el Directorio la determinación de la época de emisión, forma y condiciones de pago. Toda resolución de aumento de capital social será publicada en el Boletín Oficial y debidamente inscripta en el Registro Público. Luego de una breve deliberación, se aprueba por unanimidad. No habiendo más asuntos que tratar, se da por concluida la sesión, siendo las 20:00horas”. Hay una firme ilegible. “Ing. Agr. OSCAR UNZAGA PRESIDENTE CONSEJO DIRECTIVO GIRSU S.E.” “Dr. Julio Cesar Bravo INTENDENTE MUNICIPAL MUNIC. DE SAN PEDRO DE JUJUY”. “Ing. OSCAR R. JAYAT INTENDENTE Municip. de Ldor. Gral. San Martín”. “GUILLERMO F. MARENCO Secretario de Servicios Públicos Municipalidad de S.A. de Jujuy”. La Escribanía actuante hace constar que las hojas del Acta de Modificación del Artículo 7° del Estatuto Societario antes transcripta tiene en su parte superior los logotipos que dicen: Jujuy verde, Gobierno de Jujuy Ministerio de Ambiente, y GIRSU. Lo transcripto precedentemente es conforme con el original del Acta de Modificación del Artículo 7° del Estatuto Societario, antes citada, que queda protocolizada por este acto para ser agregada al Legajo de Comprobantes de este Protocolo como parte integrante de la presente Escritura. Leída que fue y ratificada, firma el compareciente, doy fe. Sigue a la de Acta de Constatación. “Ing. Agr. Oscar Unzaga Presidente Consejo Directivo GIRSU S.E.”. Ante mi: Carla Jimena Ellemberg, Escribana Publica Nacional Adscripta al Registro del Estado. Esta mi sello notarial. CONCUERDA: con su Escritura matriz que paso ante mí, al folio Doscientos setenta y seis a Doscientos setenta y siete inclusive del Protocolo del Registro del Estado, correspondiente a la Adscripción Dos, de este año a mi cargo, doy fe.- Para la Empresa Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos Sociedad del Estado-GIRSU JUJUY S.E., en dos fojas que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. CARLA JIMENA ELLEMBERG, ESC. PUB. NAC. ADS. REG. DEL ESTADO.
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 17 de Septiembre de 2019.-
JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
27 SEPT. LIQ. Nº 18869 $300,00.-