BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 25/09/19
Dra. Marisa Rondon- Juez Habilitada de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 6, Secretaria Nº 11, de la Provincia de Jujuy, hace saber a la razón social ANDAR AUTOMOTORES S.R.L. CUIT 30-71106561-6 y ERAZO, MARIA DE LOS ANGELES D.N.I. Nº 28.998.686, que en Expte Nº C-031798/14, caratulado: “BANCO MASVENTAS S.A. c/ ANDAR AUTOMOTORES S.R.L. y OTRA S/ Ejecutivo” se ha dictado la siguiente Resolución: “San Salvador de Jujuy, 31 de Julio del 2.019.- Autos y Vistos… Considerando…Resuelve: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por BANCO MAS VENTAS S.A. en contra de ANDAR AUTOMOTORES S.R.L. y ERAZO MARIA DE LOS ANGELES hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de Pesos Noventa y Un Mil Cuatrocientos Setenta y Nueve con Ochenta y Dos centavos ($91.479,82) con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05 (Sala I- Tribunal del Trabajo)) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro”, (L. A. 54, Fº 673/678- Nº 235), desde la mora y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere.- 2º) Imponer las costas a la demandada vencido (Art. 102 del C.P.C).- 3º) Regular los honorarios profesionales de los letrados intervinientes Dr. Ekel Meyer y Carlos A. D. Aguiar en la suma de Pesos Cinco Mil Setecientos Sesenta y Tres con Veintitrés centavos ($5.763,23), para cada uno de los letrados, por los argumentos vertidos en los considerandos.- Dicha suma devengará un interés igual al dispuesto para el capital, desde igual época hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere.- 4º) Notificar por edictos y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art. 154 del C.P.C.).- 5º) Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- Fdo. Dra. Marisa Rondon-Juez Habilitada ante mi: Dr. Mauro Di Pietro-Secretario.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.- San Salvador de Jujuy, 22 de Agosto de 2.019.-
25/27/30 SEPT. LIQ. N° 18813 $615,00.-