BOLETÍN OFICIAL Nº 110 – 25/09/19

El Dr. Esteban J. Arias Cau, Vocal Pte. de Trámite de la Sala I. Cámara Civil y Comercial Voc. 3, en el Expte. C-049760/15 “Daños y Perjuicios RODRIGUEZ, NESTOR FABIAN c/ ANDAR AUTOMOTORES S.R.L.; ERAZO, MARIA DE LOS ANGELES Y ERAZO, JORGE MAURICIO procede a notificar el presente decreto: “San Salvador de Jujuy 02 de Octubre de 2018.- I.- Por presentado al Dr. Diego Matías Bejarano, por constituido domicilio legal, en nombre y representación de NESTOR FABIAN RODRIGUEZ, a merito de la copia juramentada de Poder General para Juicios que acompaña a fs. 127/128.- II.- De la demanda por Daños y Perjuicios incoada a fs. 17/19 y su ampliación de fs. 34/35, 72/76 y 131/133 en contra de: ANDAR AUTOMOTORES S.R.L., JORGE MAURICIO ERAZO Y MARIA DE LOS ANGELES ERAZO, córraseles traslado en los domicilios denunciados a fs. 131 vta. y 132 y con copia para traslado respectiva, para que la contesten en el plazo de Quince Días bajo apercibimiento de tenerla por contestada en los términos del Art. 298 del C.P.C.- III.- Intimase a los demandados para que en el mismo plazo establecido, constituyan domicilio legal dentro del radio de los tres kms. de asiento del Tribunal, bajo apercibimiento de mandar notificar en lo sucesivo por Ministerio Ley.- (Arts. 2, 54, 154 del C.P.Civil).- IV.- Notificaciones en Secretaría: Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno fuere feriado”.- V.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Esteban J. Arias Cau-Vocal- Ante mí: Dra. Claudia E. Geronimo- Prosecretaria.- Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (Art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 29 de Abril Dos Mil Diecinueve.

 

23/25/27/ SEPT. LIQ. Nº 18811 $615,00.-