BOLETÍN OFICIAL Nº 109 – 23/09/19

DECRETO Nº 10067-E/2019.-

EXPTE. Nº 1056-7075/18.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO. 2019.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Promuévase con retroactividad al 1° de enero del 2019 a la Categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N° 3161/74 , a la SRA. TERESA DEL ROSARIO CABANA, CUIL N° 27-13349892-9, Personal de Planta Permanente, Categoría 15 – Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General en el Bachillerato Nocturno N° 1 “Baca Ojeda” de la ciudad de San Salvador de Jujuy, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3° Anexo I del Decreto N° 8865-H-07, reglamentario de la Ley N° 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1°, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:

Ejercicio 2019.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ley N° 6113, para la Jurisdicción “FT Ministerio de Educación, U. de O.: “4” Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la Partida prevista en la U. de O. “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro- denominada: 01-­01-01-01-60 “Adecuación Ley 5502”.-

ARTICULO 3°.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3°, Anexo I, del Decreto N° 8865-H-07 a cuyo efecto arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el art. 100 bis de la Ley. N° 3161/74 modificado por Ley Nº 5748/12.-

ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR