BOLETÍN OFICIAL Nº 6O – 27/05/16

DECRETO Nº 1181- I.S.P.T y V.-

Expte. N° 614-442/2016   

San Salvador de Jujuy 04 MAY. 2016.-

VISTO:

El expediente N° 0614-442/2016, mediante el cual la Dirección Provincial de Vialidad solicita la provisión de Equipamiento para destinarlo a la atención de los requerimientos de la Dirección en el territorio provincial, y;

CONSIDERANDO:

Que, las autoridades del citado organismo ponen de manifiesto la urgente necesidad de contar con los equipos, máquinas y rodados que detallan en listado adjunto a fs. 8/9, en atención a la situación actual de precariedad e insuficiencia absoluta de equipamiento disponible en la Dirección lo que hace imposible cumplir con las tareas que asiduamente se formulan desde distintas regiones de la provincia, para atender obras de trazado, construcción, mejoramiento, conservación de caminos y obras anexas.-

Que el Decreto- Acuerdo N° 3716-H-1978 de Reglamento de Contrataciones del Estado y el Decreto N° 159-H/G/57 establecen los procedimientos al que deben ajustarse las distintas compras del Estado Provincial, con arreglo a los procedimientos fundamentales establecidos por la Ley de Contabilidad;

Que, si bien la citada normativa establece la licitación pública como procedimiento y principio general en las contrataciones, la misma norma establece excepciones, a las cuales en esta oportunidad se considera necesario apelar, fundamentalmente por requerir bienes de características técnicas especiales, como así también en razón de la urgencia de contar con los mismos en el menor plazo posible.

Que el artículo 54° inciso 3 apartado d) del Decreto N° 159- H/G/57 establece el procedimiento de Compra Directa para casos de urgencia y por otro lado el apartado g) contempla “ la adquisición de bienes cuya fabricación o venta sea exclusiva de quienes tengan privilegio para ello o que solo posea una determinada  persona o entidad, siempre y cuando no hubiera sustitutos convenientes”; en razón de que los bienes a adquirir debe estar orientado a personas o empresas que ofrezcan bienes cuyo objeto necesariamente deben reunir condiciones técnicas de calidad, eficiencia y durabilidad que deben confiarse a empresas de reconocida trayectoria nacional e internacional, dado que hoy en el mercado ofrecen equipos que distan muchos de ser “bienes sustitutos” pues no aseguran las mismas calidades, durabilidad y sobre todo la norma provisión de repuestos;

Que, asimismo, existen razones de urgencia o emergencia en la adquisición de los bienes en forma directa, ya que otro procedimiento de selección no resolvería la situación en tiempo oportuno, debido, como ya se expresó, a la imperiosa necesidad de contar con los bienes dados los factores climáticos adversos que siguen vigentes en todo el territorio de la provincia. Por otra parte la falta de los mismos o mal estado de los existentes implica incurrir a una innumerable cantidad de contrataciones de máquinas viales, que lógicamente provocan grandes erogaciones en este concepto, importes que pueden ser volcados a la compra de estos bienes;

No menos importante, es la constante variación de los precios, máxime cuando bienes que se requieren cotizan en precios internacionales, fijados en dólares, lo cual hace que a mayor plazo del trámite, los precios de adquisición suben, viéndose disminuida la capacidad de compra por parte del estado provincial por el solo transcurso del tiempo, puesto que el presupuesto para la adquisición de los bienes ya está previsto y los fondos disponibles;

Que el Decreto Acuerdo N° 3789-H/01 dispone la prohibición total de compra de Bienes de Capital en todas las unidades de organización dependientes de la Administración Publica, centralizada, descentralizada, entidades autárquicas, salvo expresa autorización por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia,  realizan los informes de su competencia, informando lasa partidas presupuestarias y la existencia de saldo suficiente con la que se atenderá la erogación emergente de autos;

Que a fs. 19/20, obra dictamen legal favorable de Fiscalía de Estado;

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º: Autorizase a la Dirección Provincial de Vialidad a efectuar la adquisición de los Bienes de Capital detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, mediante el sistema de contratación directa, de conformidad a lo dispuesto en l Articulo 54º , inc. 3 apartados “d” y “g” del Decreto Ley 159-H/G 1957, entendiéndose  esos fines otorgada la autorización previa exigida n el Decreto Acuerdo Nº 3789- H- 2001.-

ARTICULO 2º: La presente rogación se afrontará con las siguientes partidas:

  1. Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos- Ley Nº 5877- Ejercicio 2016-, y su modificatoria 5913, como a continuación se indica:

 

DISMINUIR:

 

JURISDICCIÓN: “V” MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS  PUBLICOS TIERRA Y VIVIENDA  
U. de O.: 1

 

Ministerio  
FINALIDAD 4 BIENESTAR SOCIAL  
FUNCIÓN: 2 Vivienda y Urbanismo  
SECCIÓN: 2 EROGACIONES DE CAPITAL 33.280.000
SECTOR: 6 BIENES PREEXISTENTES 33.280.000
Part. Ppal. 9 BIENES PREEXISTENTES 33.280.000
Part. Pcial. 1 Bienes Preexistentes 33.280.000
       
JURISDICCIÓN: “Y” MINISTERIO DE SEGURIDAD  
U. de O.: 1

 

Ministerio  
FINALIDAD 2 SEGURIDAD  
FUNCIÓN: 3 Seguridad sin Discriminar  
SECCIÓN: 2 EROGACIONES DE CAPITAL 130.000.000
SECTOR: 5 INVERSIÓN REAL 130.000.000
Part. Ppal. 7 BIENES DE CAPITAL 130.000.000
Part. Pcial. 1 BIENES DE CAPITAL 130.000.000
Part. Sub – Pcial. 1 Bienes de Capital 130.000.000
       
JURISDICCIÓN: “W” MINISTERIO DE AMBIENTE  
U. de O.: 1 Ministerio  
FINALIDAD: 3 SALUD  
FUNCIÓN: 2 Saneamiento Ambiental  
SECCIÓN: 1 EROGACIONES CORRIENTES 70.000.000
SECTOR: 3 TRANSFERENCIAS 70.000.000
Part. Ppal. 4 TRANSFERENCIAS PARA FINANCIAR EROGACIONES CORRIENTES 70.000.000
Part. Pcial. 5 APORTES A ACTIVIDADES NO LUCRATIVAS 70.000.000
Part. Sub – Pcial. 708 Tratamiento de Residuos Sólidos 70.000.000
    TOTAL 233.280.000

 

SE INCREMENTA

 

II- REMESAS DE LA ADM. CENTRAL A ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

  • de Jurisdicción Provincial
  • Remesas de la Adm. Central a Org. Descentralizados

Contribución de Adm. Central a Org. Descentralizados 233.280.000

 

EROGACIONES FIGURATIVAS

  • ADMINISTRACIÓN CENTRAL A ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

Contribuciones p/ Financiar Erogaciones de Capital      233.280.000

 

                                                                           TOTAL     $233.280.000   

 

PARA REFORZAR:            

 

JURISDICCIÓN: “G”     ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

  1. de O.: 1 Dirección Provincial de Vialidad

FINALIDADAD       7        DESRROLLO DE LA ECONOMÍA

FUNCIÓN:                7        Transporte Vial

SECCIÓN:                2         EROGACIONES DE CAPITAL        233.280.000

SECTOR:                  5         INVERSION REAL                           233.280.000

Part. Ppal.                  7        BIENES DE CAPITAL                       233.280.000

Part. Pcial.                 1        BIENES DE CAPITAL                       233.280.000

Part. Sub- Pcial.         1       Bienes de Capital                                 233.280.000

 

                                                                                    TOTAL      $233.280.000  

 

  1. La diferencia resultante entre la modificación presupuestaria dispuesta en el punto precedente y el presupuesto oficial, equivalente a PESOS SESENTA MILLONES ($ 60.0000.000) se afrontara con la Partida asignada a la Dirección Provincial de Vialidad por la Ley 5913/16 modificatoria de la Ley 5877 de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos- Ejercicio 2016, que se indica a continuación:

 

JURISDICCIÓN: “G”     ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

  1. de O.: 1 Dirección Provincial de Vialidad

FINALIDADAD       7        DESRROLLO DE LA ECONOMÍA

FUNCIÓN:                7        Transporte Vial

SECCIÓN:                2         EROGACIONES DE CAPITAL

SECTOR:                  5         INVERSION REAL

Part. Ppal.                  7         BIENES DE CAPITAL

Part. Pcial.                 1         BIENES DE CAPITAL

Part. Sub- Pcial.         1        Bienes de Capital

 

ARTICULO 3º: La autoridad de aplicación en la contratación que por el presente decreto se autoriza, deberá respetar los términos del Decreto Acuerdo Nº 3716- H- 78 Reglamento de Contrataciones del Estado.

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Hacienda y Finanzas y de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-

ARTICULO 5º: Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y del Tribunal de Cuentas, dese al Registro,  Publíquese- en forma integral- n el Boletín Oficial, y pase a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y dirección Provincial de Vialidad, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, pase a la Dirección de Trámites y Archivos.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR

ANEXO I

LISTADO DE EQUIPAMIENTO D.P.V

EQUIPOS VIALES

 

CANTIDAD DESCRIPCIÓN ITEM CARACTERISTICAS
16 Motoniveladora 125-145 HP 1 Según Especificaciones Técnicas
4 Motoniveladora 165-185 HP 2 Según Especificaciones Técnicas
5 Cargadora frontal 1 Según Especificaciones Técnicas
5 Cargadora frontal 2 Según Especificaciones Técnicas
10 Retro Pala 4X4 1 Según Especificaciones Técnicas
2 Compactador Liso 1 Según Especificaciones Técnicas
2 Compactador Pata de Cabra 2 Según Especificaciones Técnicas
2 Compactador Ruedas Neumáticas 3

 

Según Especificaciones Técnicas
8 Excavadora 1 Según Especificaciones Técnicas
4 Implemento Martillo Percutor p/ Escavadora 1 Según Especificaciones Técnicas
4 Mini Cargadora CABINADA 1 Según Especificaciones Técnicas
1 Implemento brazo retroexcavador p / Minicargadora 1 Según Especificaciones Técnicas
1 Implemento Rastrillo p/ Minicargadora 1 Según Especificaciones Técnicas
1 Topadora 1 Según Especificaciones Técnicas
1 Topadora 2 Según Especificaciones Técnicas
67      

EQUIPAMIENTO AGRICOLA:

 

CANTIDAD DESCRIPCIÓN ITEM CARACTERISTICAS
20 Tractor 1 Según Especificaciones Técnicas
10 Desmalezadora Plato Fijo 1 Según Especificaciones Técnicas
10 Desmalezadora Articulada 2 Según Especificaciones Técnicas
10 Casilla p/ 4 personas- 6 x 2,5 mts. 1 Según Especificaciones Técnicas
50      

CAMIONES Y EQUIPAMIENTO

 

CANTIDAD DESCRIPCIÓN ITEM CARACTERISTICAS
4 Bateas de Vuelco Trasero de 25 m3   Según Especificaciones Técnicas
2 Caja Volcadora de Vuelco Lateral 8 m3   Según Especificaciones Técnicas
2 Acoplados de Vuelco Lateral de 3 Ejes   Según Especificaciones Técnicas
4 Carretones de 3 ejes   Según Especificaciones Técnicas
12      

CAMIONETAS Y COMBIS:

 

CANTIDAD DESCRIPCIÓN ITEM CARACTERISTICAS
3 Camionetas Tipo Utilitarios 1  
2 Combi c/ capacidad 15 asientos 1  
5      

PLANTA ASFALTICA MOVIL:

 

CANTIDAD DESCRIPCIÓN ITEM CARACTERISTICAS
2 Planta Asfáltica Móvil   Según Especificaciones Técnicas
1 Fresadora   Según Especificaciones Técnicas
1 Reciclador de Asfalto   Según Especificaciones Técnicas
1 Autohormigonera Autotransportable   Según Especificaciones Técnicas
1 Autohormigonera de Tiro   Según Especificaciones Técnicas
2 Torres de Iluminación c/ grupo Electrógeno   Según Especificaciones Técnicas

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR