BOLETÍN OFICIAL Nº 70 – 25/06/07
EXPTE. Nº 0300-856-06.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 MAY. 2007.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º: Otórgase Personería Jurídica a favor de la FUNDACIÓN ESPERANZA Y PROGRESO, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Dieciocho (18) Artículos, y corre agregado de Fs. 06 a 09 de autos.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR