BOLETÍN OFICIAL Nº 62 – 01/06/16
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5923.-
“ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL Nº 26.691”
ARTÍCULO 1º.-Adhiérese la Provincia de Jujuy en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 26.691 de Preservación, Señalización y Difusión de Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado.-
ARTÍCULO 2º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de Mayo de 2016.-
Dr. Javier De Bedia
Secretario Parlamentario
Dn Carlos Alberto Amaya
Diputado Provincial Vice-Presidente 1º a/c de Presidencia
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 200-174/2016.-
CORRESP. A LEY Nº 5923.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 MAYO. 2016.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Educación; Ministerio Cultura y Turismo y Secretaría General de la Gobernación para su conocimientos. Oportunamente, ARCHÍVESE.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR