BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 09/09/19

DECRETO Nº 9992-G/2019.-

EXPTE. Nº 0400-4179-2019.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 JUL. 2019.-

VISTO:

Los Decretos Nacionales N° 343/19 de convocatoria a elecciones de Presidente y Vicepresidente de la Nación, Senadores y Diputados Nacionales, y Nº 233/19 que constituye el Comando General Electoral; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Nacional N° 343 de fecha 9 de mayo de 2019, se convocó al electorado de la Nación Argentina para las elecciones primarias, abiertas, simultaneas y obligatorias, de candidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación, Senadores y Diputados Nacionales, el día 11 de agosto; a elección general de los mismos cargos el día 27 de octubre; y el día 24 de noviembre para eventual segunda (2°) vuelta electoral.

Que, por la trascendencia institucional de los actos mencionados, el gobierno provincial asume como compromiso, asegurar el traslado de  los ciudadanos para el ejercicio de los deberes y derechos que les competen, como autoridades de mesa, y/o para efectiva emisión del sufragio.-

Que, con el objeto preservar y asegurar el orden durante la realización de los procesos eleccionarios, se constituyó el Comando General Electoral mediante Decreto Nacional N° 233/19, con subordinación, a través del Ministerio de Defensa de la República Argentina, de efectivos del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, requiriendo lo propio a los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, respecto de sus fuerzas de seguridad.-

Por lo expuesto, en uso de facultades que son propias:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.– Autorízase a la Dirección Provincial de Transporte a la contratación de unidades de transporte de pasajeros urbano e interurbano, para traslado y autoridades de mesa, en todo el territorio de la Provincia, ida y regreso, en las elecciones convocadas por Decreto Nacional N° 343/19, quedando expresamente facultado el organismo, para adjudicar, aprobar y culminar los procedimientos, debiendo cumplir exhaustivamente con el Decreto Acuerdo N° 3.716-H- y N° 159-H-57, Ley N° 4958 y disposiciones legales vigentes en materia de n de gastos y rendición de cuentas.-

ARTICULO 2°.- Instruyese al Ministerio de Seguridad, para subordinar la Policía de la Provincia al Comando General Electoral constituido por Decreto Nacional N° 233/19, debiendo adoptar las medidas operativas que garanticen el efectivo cumplimiento.-

ARTICULO 3°.- Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas para realizar las modificaciones, afectaciones y refuerzos presupuestarios que sean necesarios para asegurar lo dispuesto en el presente Decreto.‑

ARTICULO 4°.- El presente será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, de Hacienda y Finanzas, de Seguridad, y de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-

ARTICULO 5°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas.-Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a los Ministerios de Hacienda y Finanzas, de Seguridad, de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Transporte, y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR